Desde CCOO presentamos la propuesta de no realizar, de momento, las promociones internas a las plazas de oficiales de las especialidades de Conserje y Ayudante Cocina.
Solicitamos la paralización de los procedimientos de promoción interna para estas 2 especialidades del grupo 4 hasta que sepamos cómo se va a realizar el paso de los grupos 5 al 4. Este procedimiento implicaría que el personal auxiliar de conserjería y auxiliar de cocina, con el cambio de grupo pasarían a ser oficiales especialidad conserje y ayudantes de cocina. Esto supondría un agravio para los que, en la promoción interna, consigan el acceso al grupo 4, ya que habrán tenido que enfrentarse a un procedimiento competitivo, situación por la que no tendrían que pasar los trabajadores y trabajadoras que la adquieran con el paso de los 5 a 4. Solo afecta a estas 2 especialidades del grupo 4 de oficiales.
Posteriormente, mediante un concurso de traslado, se cubrirían las plazas vacantes, donde los trabajadores y trabajadoras tendrán la oportunidad de consolidar los puestos que llevan muchos años cubriendo por el procedimiento de sustitución 29.1, debido a una situación irregular generada por la propia empresa. Es de justicia reconocer el trabajo, dedicación, bagaje, conocimiento y experiencia de todos estos trabajadores y trabajadoras.
Añadir a todo lo anterior el daño irreparable que se puede hacer a los servicios, alguno de ellos con especial dificultad de ejecución, actualmente ocupados de forma temporal durante años por distintos compañeros que han ido «heredando» de sus antecesores el «saber hacer» de cada plaza y que, caso de perder la misma mediante una promoción interna, dejarían expuestos dichos servicios a compañeros sin el conocimiento suficiente para el correcto desempeño de los mismos con el consiguiente perjuicio para la Institución.
Por último, solicitamos que se acelere el acuerdo con Gerencia de pasar los grupos 5 a 4, una reivindicación de hace más de 25 años recogida en el I Convenio Colectivo de las universidades públicas canarias (24.05.2000):
«Disposiciones Transitorias:
Primera. - Ambas partes acuerdan que en el plazo máximo de un año la actual clasificación en cinco grupos quedará establecida en cuatro. Asimismo, la Comisión Paritaria realizará en el plazo máximo de doce meses, el estudio conducente a la reorganización de la actual estructura de las plantillas del personal laboral y de la estructura salarial tendente a simplificar la actual distribución de complementos en un complemento al puesto de trabajo, homologando para ello las categorías profesionales de ambas Universidades Canarias. Los resultados de dicho estudio derivarán obligatoriamente en la adaptación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de cada Universidad, con el fin de garantizar la adecuación de la situación laboral de aquel personal que viniese ocupando puestos que resulten clasificados en otro grupo y/o categoría».
Con esta propuesta, se consigue una consolidación, no haría necesario tener que realizar la formación para la promoción para éstas, evitaría una mayor carga de trabajo para RRHH al tener un menor número de procesos de selección y esto también conlleva menos tribunales.
Además, se debe tener en cuenta, que, actualmente, no existen bolsas de trabajo por 29.2 para grupo de oficial conserje y eso supondría un problema importante. Sin embargo, de hacerse como proponemos desde CCOO, es muy probable que, al final, las plazas que quedan vacantes después del concurso de traslado salgan en gran parte a concurso oposición libre, lo que generaría finalmente, tener las bolsas de trabajo para sustituciones temporales por 29.2.
Con esta propuesta se estaría corrigiendo una situación igual de anómala e injusta que la vivida por los trabajadores y trabajadoras hoy estabilizados en la ULL, por lo que se podría extender el espíritu de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a este nuevo escenario, pues la Ley brinda un marco propicio no únicamente para reducir la temporalidad, sino también para promover la carrera profesional del personal que no han tenido acceso a convocatorias periódicas y sistemáticas de promoción interna con el consiguiente incumplimiento del II Convenio Colectivo.
Posteriormente, mediante un concurso de traslado, se cubrirían las plazas vacantes, donde los trabajadores y trabajadoras tendrán la oportunidad de consolidar los puestos que llevan muchos años cubriendo por el procedimiento de sustitución 29.1, debido a una situación irregular generada por la propia empresa. Es de justicia reconocer el trabajo, dedicación, bagaje, conocimiento y experiencia de todos estos trabajadores y trabajadoras.
Añadir a todo lo anterior el daño irreparable que se puede hacer a los servicios, alguno de ellos con especial dificultad de ejecución, actualmente ocupados de forma temporal durante años por distintos compañeros que han ido «heredando» de sus antecesores el «saber hacer» de cada plaza y que, caso de perder la misma mediante una promoción interna, dejarían expuestos dichos servicios a compañeros sin el conocimiento suficiente para el correcto desempeño de los mismos con el consiguiente perjuicio para la Institución.
Por último, solicitamos que se acelere el acuerdo con Gerencia de pasar los grupos 5 a 4, una reivindicación de hace más de 25 años recogida en el I Convenio Colectivo de las universidades públicas canarias (24.05.2000):
«Disposiciones Transitorias:
Primera. - Ambas partes acuerdan que en el plazo máximo de un año la actual clasificación en cinco grupos quedará establecida en cuatro. Asimismo, la Comisión Paritaria realizará en el plazo máximo de doce meses, el estudio conducente a la reorganización de la actual estructura de las plantillas del personal laboral y de la estructura salarial tendente a simplificar la actual distribución de complementos en un complemento al puesto de trabajo, homologando para ello las categorías profesionales de ambas Universidades Canarias. Los resultados de dicho estudio derivarán obligatoriamente en la adaptación de las Relaciones de Puestos de Trabajo de cada Universidad, con el fin de garantizar la adecuación de la situación laboral de aquel personal que viniese ocupando puestos que resulten clasificados en otro grupo y/o categoría».
Con esta propuesta, se consigue una consolidación, no haría necesario tener que realizar la formación para la promoción para éstas, evitaría una mayor carga de trabajo para RRHH al tener un menor número de procesos de selección y esto también conlleva menos tribunales.
Además, se debe tener en cuenta, que, actualmente, no existen bolsas de trabajo por 29.2 para grupo de oficial conserje y eso supondría un problema importante. Sin embargo, de hacerse como proponemos desde CCOO, es muy probable que, al final, las plazas que quedan vacantes después del concurso de traslado salgan en gran parte a concurso oposición libre, lo que generaría finalmente, tener las bolsas de trabajo para sustituciones temporales por 29.2.
Con esta propuesta se estaría corrigiendo una situación igual de anómala e injusta que la vivida por los trabajadores y trabajadoras hoy estabilizados en la ULL, por lo que se podría extender el espíritu de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a este nuevo escenario, pues la Ley brinda un marco propicio no únicamente para reducir la temporalidad, sino también para promover la carrera profesional del personal que no han tenido acceso a convocatorias periódicas y sistemáticas de promoción interna con el consiguiente incumplimiento del II Convenio Colectivo.