Aunque en rumores de pasillo ya se había oído esa intención, ha sido en las reuniones del Comité de Empresa con la Gerenta de los días 20 y 28 de abril pasado, cuando han adelantado esa propuesta de la ULL. Lo que ha generado una situación generalizada de desconcierto y confusión por lo que implica de antecedente para futuras reformas de la relación de puestos de trabajo (RPT), ya que hasta ahora lo habitual en el PTGAS laboral era afrontar supresiones de puestos que normalmente estaban vacantes.
La supresión (amortización en términos jurídicos) de puestos ocupados implica consecuencias importantes para el trabajador o trabajadora que lo desempeña, especialmente si tenemos en cuenta que afectan a plazas desempeñadas en diferentes turnos, por lo que su traslado forzoso a otra plaza no solo significa cambiar de ubicación sino también, podría implicar cambiar de turno.
Por esa razón, la forma de abordar este asunto debe ser con la máxima cautela y respetando las debidas garantías para las personas afectadas. Ya que la forma de llevarlo a cabo ahora, supone sentar precedentes para casos futuros. Por esa razón, desde CCOO entendemos que esta situación debe tratarse como lo que realmente es, en la práctica, un traslado forzoso. Primero, garantizando que la supresión de todos los puestos propuestos esta justificada y no se debe a criterios discrecionales y, segundo, respetando todas las garantías y derechos de los trabajadores y trabajadoras perjudicados.
El movimiento que propone la Gerencia debe implicar la obligatoriedad de negociar la propuesta con el Comité de Empresa y un periodo de consultas para ver las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas
necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados.
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