martes, 17 de diciembre de 2019

El despido por baja médica justificada es el más injusto y cruel

"El artículo 52.D del ET, que permite el despido por bajas médicas justificadas, es uno de los más injustos y crueles de la reforma laboral"

Unai Sordo encabezando el inicio de la manifestación
en protesta contra los despidos "por enfermar"
Así se ha manifestado Unai Sordo, Secretario General de CCOO, ante la sentencia del Tribunal Supremo que permite seguir aplicando ese apartado de la Reforma Laboral impuesta por el gobierno de Mariano Rajoy. El principal dirigente de nuestro sindicato ha dejado clara la postura de CCOO en un tema de vital importancia, señalando también que “es una temeridad forzar a una persona enferma que vaya a trabajar por miedo al despido” y que “en nuestro país hay más gente que trabaja enferma que con bajas laborales” por culpa del miedo a perder su empleo.


Unai Sordo, secretario general de CCOO
Según explicó el secretario general de CCOO, la sentencia contradice una norma de rango superior, el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por el que el despido debe obedecer a una causa justa y en ningún caso por ausencias laborales por enfermedad. En consecuencia, CCOO denunciará esta situación ante la OIT y también “denunciarán y señalarán públicamente a las empresas que aprovechen el artículo 52 para despedir a trabajadores y trabajadoras”.

Ese apartado de la reforma laboral impuesta por el PP establece "Artículo 52. Extinción del contrato por causas objetivas. El contrato podrá extinguirse: [...] d) Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses."

Así que, por ejemplo, un trabajador o trabajadora con diez años de antigüedad que nunca ha tenido una baja médica en su trabajo pero que un mes tiene una baja de Incapacidad Temporal (IT) de 5 días por gripe y al mes siguiente tiene otra baja por IT de otros 4 días con un esguince u otra patología poco grave puede ser despedido/a legalmente. Ese artículo solo excluye situaciones de especial protección como los accidentes de trabajo, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia, paternidad, así como las bajas por cáncer o enfermedad grave. 


jueves, 12 de diciembre de 2019

Acuerdo ULL y sindicatos sobre "cierres" y reparto del 0,3% adicional

Ayer miércoles se celebró la reunión de negociación para buscar un acuerdo sobre el pago del 0,3% adicional a las retribuciones de este año así como sobre las fechas de "cierre" de instalaciones para el próximo

Convocatoria de la  reunión
La Gerencia y el Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador presentaron las propuestas sobre ambos temas y, durante la reunión, se analizaron diversas circunstancias en un clima de consenso y cooperación.

En lo relativo al pago del 0,3% adicional, recordar que es una cantidad que solamente se puede pagar en las universidades y organismos públicos que no registran defícit presupuestario. Como estímulo para el cumplimiento de los criterios de financiación pública.



[clic en la imagen para ampliar]
Ese 0,3% adicional fue pactado en las negociaciones de 2018 entre Montoro y los sindicatos a nivel estatal, junto con un 0,2% para 2018 que ya cobramos el año pasado y un 0,55% previsto para 2020 si se vuelven a respetar las condiciones de cumplimiento presupuestario.  Señalar que muy pocas universidades españolas están accediendo a estos fondos adicionales ya que el cumplimiento debe ser del organismo y también de su Gobierno autonómico, que es quien finalmente financia ese pago [ver más información al final de la noticia].

Durante el debate de este punto todos los representantes sindicales criticaron que este añó, igual que el anterior, se convoca la negociación para su pago casi a final de año y sin tiempo para buscar mecanismos adecuados. Por lo que solamente se podrá afrontar como un pago único en forma de reparto.

El Gerente acepta la crítica explicando que lleva poco tiempo en el cargo y no le ha dado tiempo de acelerar el proceso, pero se compromete a que el próximo año se lleve a cabo de manera adecuada. Por lo que propone fijar ya una fecha de reunión, acordándose que sea en torno al 14 de febrero próximo.

El Acuerdo final, pendiente de ser ratificado por la Junta de PAS funcionario y el Comité de Empresa del PDI laboral, es que se reparta igual que el año pasado: de forma lineal y agrupando conjuntamente a todo el personal de los cuatro colectivos.

Por su parte, en cuanto a la propuesta de "cierres" el Gerente señala que tiene poca experiencia en la gestión de esta medida, y expresa sus dudas de que concentrar todo posible ahorro en las cuatro semanas de cierre (Navidad, Semana Santa y agosto) no le parece una buena alternativa. Por eso expone que conviene analizar la búsqueda de ahorro con medidas de gestión eficiente durante todo el año y de carácter más amplio (optimización del uso del agua y la electricidad, abaratamiento en adquisiciones comunes, mejora de la gestión, implantación de paneles fotovoltaicos, etc.). Sin embargo recuerda que los contratos de Limpieza y Seguridad, firmados con antelación a su llegada a la universidad, ya vienen establecidos por 11 meses por lo que en este momento no ve posible cambiar los cierres de 2020 porque ahora mismo supondrían un incremento del gasto imposible de asumir.

Como respuesta los representantes sindicales del PDI y del PAS funcionario no ponen objeciones a la propuesta de Gerencia, ya que sus colectivos han mostrado una actitud favorable a la política de "cierres" siempre que se mantengan las condiciones pactadas de flexibilidad que se acordaron en su momento. Solamente el Comité de Empresa del PAS laboral mostró su desacuerdo, como ha venido haciendo durante los últimos tres años, ya que esta medida implica el incumplimiento de su Convenio Colectivo. A pesar de eso, indicaron en la reunión, que este año y de forma excepcional estaban dispuestos a firmar el acuerdo para posibilitar la búsqueda de soluciones comunes y consensuadas en un clima de negociación.  Algo que parece haberse logrado a la vista de las ideas expuestas por el Gerente como objetivos para el próximo año.

RECORDANDO DE DÓNDE VIENEN LOS FONDOS ADICIONALES 0,2% 0,3% 0,55%...

Después de varios meses de protestas y movilizaciones, los sindicatos logramos un acuerdo con el entonces ministro Montoro:

Salarios
Según lo acordado, los salarios se incrementarán entre un mínimo del 6,1% y máximo del 8,8% parael periodo 2018-2019-2020. A esto hay que añadirle un 0,75% de fondos adicionales garantizados para el conjunto de los tres años.

En 2018, la subida será de un 1,75%, más un 0,20% de fondos adicionales. En 2019 un 2,25%, más un 0,25% variable en función del PIB, más un 0,25% de fondos adicionales. Para 2020, un 2%, más un variable del 1% en función del PIB, más un 0,3% de fondos adicionales. Si se cumple el objetivo de déficit en 2020, habrá una prima final del 0,55%.

Condiciones de trabajo
En cuanto a condiciones laborales, el acuerdo supone la devolución de la capacidad de negociación de las 35 horas en las Administraciones que las tuvieran y que cumplan los objetivos en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de déficit público, deuda pública y regla de gasto.

Asimismo se ha acordado, entre otras medidas, la devolución del 100% del salario en casos de baja por Incapacidad Temporal, el fomento de los planes de igualdad y medidas de corresponsabilidad en todas las Administraciones Públicas, el impulso de la formación o el análisis sobre la jubilación parcial de algunos colectivos.

martes, 10 de diciembre de 2019

Destapamos intenciones de ANECA: reducción acreditaciones de PDI

La semana pasada comentamos las nuevas modificaciones de ANECA sobre criterios de acreditación para los Cuerpos Docentes universitarios, aplicadas sin transparencia, por lo que nos hemos puesto a buscar, y destapar, los datos que no quieren que veamos


Gráfico de ANECA sobre solicitudes de acreditación en contraste con
un gráfico elaborado por CCOO con datos extraídos de las Memorias
anuales de la propia entidad               [clic en la imagen para ampliar]
Y comprobamos que la reducción en el número de acreditaciones, tras el RD 415/2015, se ha reducido brutalmente a la mitad: -53% sobre la media anterior (1.100 de media anual frente a 2.350 del sistema anterior).

Gráfico con número de solicitudes proporcionado por ANECA, complementado con otro reflejando las Acreditaciones positivas elaborado por nuestro sindicato a partir de datos extraídos de las Memorias anuales de la entidad =>

Comunicado de CCOO en 2017
[clic en la imagen para ampliar]
En solo tres años de aplicación de los nuevos criterios se han dejado de acreditar más de tres mil profesores y profesoras universitarias que, contando las previsiones de la propia ANECA en el número de solicitudes, no llegará a normalizarse en cifras similares a las de la normativa anterior hasta dentro de cinco años. Recordar que aunque el nuevo RD entró en vigor en 2015, se mantuvo un periodo transitorio de Acreditaciones que obligó a aplicar la normativa anterior en los expedientes revisados en 2016 y que  ANECA paralizó total y completamente el proceso de acreditación de los Cuerpos Docentes universitarios durante 2017 sin llevar a cabo ni un solo expediente [clic aquí para ver las críticas de CCOO en 2017 a ese retraso y nuestro análisis negativo sobre los criterios y el RD 415/2015 o hacer clíc aquí en este otro enlace para acceder al informe de ANECA sobre las nuevas modificaciones propuestas este mes de diciembre].

Por eso es especialmente curioso que, durante la reunión de ANECA con los sindicatos el pasado día 3 de diciembre, el Director del organismo (José Arnáez Vadillo) dijo textualmente "que se ha producido una mejora de la tasa de éxito en la acreditación" y por eso se "mostró en general satisfecho", a pesar de que los sindicatos insistimos en recordarle que ese cálculo estaba realizado sobre un número inusualmente bajo de solicitudes que evidentemente distorsiona cualquier resultado que se pretenda mostrar como conclusión.

Además, cuando José Arnáez Vadillo también afirmó que todos los datos estaban en la web de ANECA, desde nuestro sindicato le señalamos que no es así o, al menos, no se muestran de forma que se puedan contrastar y comparar ya que el informe entregado en mano durante la reunión y los informes conteniendo el analisis de resultados de 2017, 2018 y 2019 solo señalan porcentajes y se centran exclusivamente sobre  el número de solicitudes y no en el número de Acreditaciones positivas. Que es lo realmente importante y el único dato que se puede comparar adecuadamente. Esa información la hemos tenido que recabar analizando toda la documentación y repasando varios informes dispersos y distintas Memorias anuales, estando aún pendientes del dato de 2019 ya que ANECA solo ha evaluado 700 solicitudes y aún están en plazo por lo que sus datos solo son una previsión.

Desde el inicio del proceso para la implementación de este nuevo sistema de acreditaciones, nuestro sindicato a denunciado insistentemente la falta de transparencia, de datos contrastados y de información. Situación que condiciona gravemente la iniciativa del profesorado que retrasa su solicitud ante la incertidumbre de saber si ya tiene o no suficientes méritos para lograr un informe positivo. Lo que unido a la complejidad del proceso y organización de la documentación que se debe aportar obliga, incluso, a utilizar en ocasiones a consultorías o empresas especializadas para gestionar la petición, contribuyendo a dilatar aún más un mecanismo que debería ser ágil y transparente si de verdad se quiere construir un sistema de estímulo.

Pero es evidente que esas no son las intenciones de ANECA, ni con el anterior gobierno de Mariano Rajoy ni con el actual de Pedro Sanchez. Más bien reflejan que su único propósito es reducir drasticamente el número de profesorado Acreditado de los Cuerpos Docentes como fórmula para limitar la funcionarización y promoción del profesorado universitario, que junto a la masificación de contratos de profesorado Asociado y el mantenimiento de otros recortes en las plantillas siguen situando a la universidad española en un marco de precariedad permanente.


jueves, 5 de diciembre de 2019

Acreditaciones PDI: ANECA modifica otra vez sin transparencia

El pasado martes, 3 de diciembre, se ha celebrado una reunión de ANECA con los sindicatos para informarnos sobre un nuevo cambio en los criterios de Acreditación para los Cuerpos Docentes universitarios (TU y CU)

Además de estos cambios generales hay específicos
para varias ramas, que se pueden consultar en el
<= documento con enlace ubicado a la izquierda
Por parte de ANECA asistieron su director, José Arnáez Vadillo, y el responsable de la División de Evaluación del Profesorado, Gregorio Sánchez Marín.

Desde el comienzo de la reunión nos insisten que se trata de un encuentro "meramente informativo", además de que no se nos proporciona ninguna documentación con antelación. El documento que adjuntamos, en un enlace desde el que puedes descargarlo, fue entregado en mano durante la misma reunión:

Según el Director de la ANECA, "una vez pasados dos años desde la última modificación de los criterios de acreditación para los cuerpos docentes, las distintas comisiones de acreditación han realizado una revisión de estos criterios."

De los datos aportados se aprecia la importante bajada de solicitudes a partir de la entrada en vigor del RD 415/2015 (antes de la entrada en vigor de este RD, la media de solicitudes era de unas 4500 anuales). Los datos aportados se centran en los años 2018 y 2019, en los que, aparentemente, se ha producido una mejora de la tasa de éxito en la acreditación (salvo en Ciencias de la Salud y en Ciencias Sociales). 

Este dato queda muy distorsionado por el hecho de que el número de solicitudes haya bajado drásticamente, casi la mitad respecto a las solicitudes presentadas en el periodo 2008-2014. Se aportan resultados de las evaluaciones en 2018 y 2019, para Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad. El Director de la ANECA, sin dar muchos detalles, se muestra satisfecho, aunque señala algunos casos singulares que están en estudio (por ejemplo en la comisión B7 “Medicina Clínica y Especialidades Clínicas” la tasa de éxito es de 32%). Desde los sindicatos insistimos en un hecho incuestionable: aunque la tasa porcentual de éxito es alta en muchas áreas, el número de solicitudes es muy bajo. Por eso, ahora se acredita la mitad del profesorado que se acreditaba antes del RD 15/2015.

El Director expone las principales modificaciones de los criterios de acreditación:

1. Los criterios se aprobarán por una resolución del Director de la ANECA y se publicarán en
la web. Se tendrán en cuenta a partir de su publicación.

2. Se incorporan los sexenios de investigación como méritos específicos en CU (excepto en las
ramas de Ciencias) y como méritos complementarios en TU (excepto en las ramas de
Ciencias e Ingenierías). Las excepciones sobre la valoración de sexenios han sido decididas
por la comisiones de evaluación. Llama la atención que las comisiones tomen decisiones al
margen de la política de la ANECA. El Director afirma que los criterios no son normas, y
que las normas sólo son obligatorias si están en el RD.

3. Hay un aumento de disponibilidad de méritos específicos y complementarios de
investigación para CU y TU (que desconocemos porque en la reunión no se dan detalles).

4. Se adapta la exigencia de méritos obligatorios de docencia a las realidades de las ramas de
conocimiento. Esta medida se toma especialmente teniendo en cuenta el caso de Medicina,
en el que no hay un sistema específico de evaluación de la calidad docente.

5. Hay un incremento de la disponibilidad de méritos específicos y complementarios de
docencia, que tampoco detallan.

6. Se incorporan nuevos méritos de transferencia y actividad profesional, para facilitar la
elegibilidad de los mismos por parte de los solicitantes.

7. Se tiene en consideración la igualdad de oportunidades de los solicitantes en la exigencia
y valoración de la actividad investigadora y docente en situaciones especiales derivadas de
permisos por maternidad o paternidad, excedencia por el cuidado de hijos o familiares
dependientes, así como situaciones de baja por larga enfermedad.

Además, se informa de algunas modificaciones de carácter particular en las comisiones B7
(Especialidades clínicas), D18 (Ciencias Sociales), D17 (Ciencias del Comportamiento) y D16
(Ciencias de la Educación). Hay más modificaciones, pero no se informa de ellas.

Desde CCOO lamentamos que esta reunión informativa se haya producido al final del proceso de
revisión de los criterios, un proceso en el que no se ha contado con los sindicatos y se ha llevado a cabo con total falta de transparencia. Por tanto, desde el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades no se ha cumplido con el compromiso de participación sindical en un tema crucial para el desarrollo de la carrera profesional del profesorado de las Universidades Públicas. En el anterior proceso de revisión, los sindicatos pudimos participar, aunque tardía y parcialmente, en el seno de las comisiones que se establecieron a tal efecto. Si bien nuestras posiciones no siempre se tuvieron en cuenta, al menos hubo alguna mejora en determinados criterios y sobre todo tuvimos información suficiente para transmitirla al conjunto del profesorado universitario para que pudieran afrontar esos cambios.

Ahora, los sindicatos hemos sido directamente ignorados, y tendremos que esperar a ver la modificación final de los criterios de evaluación  o a su publicación en la página web de la ANECA para poder evaluarlos adecuadamente y asesorar al PDI universitario para que pueda afrontar adecuadamente este proceso de acreditación
.
CCOO seguirá reclamando al nuevo gobierno que se derogue el RD 415/2015 y mientras tanto que
se inicie una negociación real de la modificación de los criterios de acreditación a los cuerpos
docentes con los representantes legales de los trabajadores, en un marco adecuado de transparencia y participación.

martes, 26 de noviembre de 2019

PASF interino: rumores y dudas

En noviembre un nuevo rumor se ha sumado a las dudas que ya venía soportando el personal interino del PAS funcionario en nuestra universidad

En agosto alertamos de una mala interpretación legal
sin que se nos hiciera caso y ahora corremos el riesgo
de repetir una mala experiencia, otra vez
Si en agosto, desde CCOO, alertamos de la incertidumbre que estaba provocando una mala interpretación sobre las convocatorias de concurso-oposición (algo que esta retrasando "sin fecha prevista" la realización de las pruebas selectivas para C1 Administrativo), ahora ha surgido un nuevo motivo de dudas en forma de rumor que no ha sido desmentido desde la ULL: al parecer, alguien ha sugerido que en la toma de posesión correspondiente al concurso de traslados C1 se lleve a cabo el cese total de todo el personal interino y una nueva reasignación con posterioridad.

Aunque la propia Junta de PAS funcionario envió un comunicado el día 14 en el que desmentían los rumores y aclaraba algunas cuestiones sobre el cese y la toma de posesión del personal interino, aún siguen manteniéndose las dudas de muchos compañeros y compañeras que remiten consultas a la propia Junta de PAS y también a nuestro sindicato. Dudas que, probablemente, no han desaparecido porque sigue pendiente la necesaria aclaración que debería proporcionar la propia ULL.

A la vista del tiempo transcurrido sin aclaraciones, desde CCOO entendemos necesario detallar lo que es posible de acuerdo a la normativa que ampara los ceses de personal interino. Por lo que entendemos que el rumor de "cese total y generalizado" para realizar luego una nueva reasignación de puestos solo es un rumor y que no se puede llevar a cabo por ser absolutamente ilegal. No queremos entrar en conveniencias o preferencias porque no procede, sino exclusivamente en las limitaciones legales que permiten o impiden determinadas formas de cese.

El cese del personal funcionario interino viene perfectamente detallado y regulado en el apartado 3 del artículo 10.- Funcionarios interinos del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 31/10/2015): "3. El cese de los funcionarios interinos se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento."

De manera que, las causas previstas en el artículo 63, son las primeras que pueden provocar el cese y no son otras que las mismas que causan  la pérdida de la condición de funcionario de carrera:
a) La renuncia a la condición de funcionario.
b) La pérdida de la nacionalidad.
c) La jubilación total del funcionario.
d) La sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme.
e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.

Los funcionarios interinos cesan por las mismas causas que los demás funcionarios pero además, también por una causa específica propia de su situación de interinidad, que es la desaparición del motivo que justificó su nombramiento. Es muy importante advertir que la única causa específica de cese del funcionario interino es la desaparición de la causa del nombramiento, una causa material, no formal. Y los únicos motivos que explican la desaparición de esa causa, que dio lugar al nombramiento de personal interino, son que la plaza se ha cubierto por personal funcionario de carrera o bien porque ya no existen las razones de urgencia y necesidad de tener cubierto ese puesto de trabajo. Algo que solo se cumple con la amortización del puesto de trabajo tras una modificación de la RPT.

Por lo tanto, realizar un cese total y una posterior reasignación no responde a lo previsto legalmente y sería absolutamente ilegal, provocando recursos judiciales, su nulidad y distorsiones en el funcionamiento de la universidad.

viernes, 8 de noviembre de 2019

Excelentes resultados de CCOO en las elecciones de PDI laboral en ULPGC

El miércoles, 6 de noviembre, se celebraron las elecciones sindicales para renovar el Comité de Empresa del PDI laboral en la ULPGC con un excelente resultado para nuestro sindicato

Comparativa de resultados 2015-2019
CCOO 10 representantes, repartiéndose el resto de la representación entre las compañeras y compañeros de APU (6) y UGT (5).
.
Queremos resaltar que este resultado es fruto de la acción sindical ante la intransigencia de los equipos rectorales de la ULPG a negociar con el PDI. Ello, evidentemente se ha traducido en un aumento de la conflictividad laboral en dicha Universidad y, lamentablemente, ha llevado a CCOO a la interposición de varios Conflictos colectivos, demandas judiciales, y denuncias ante la Inspección de Trabajo. El resultado favorable de las demandas demuestra la capacidad de nuestro sindicato para articular la defensa de derechos de manera consistente y decisiva, al tiempo que ponen de manifiesto la necesidad de un cambio de actitud de los responsables institucionales de la vecina universidad. Reclamamos restablecer la normalidad laboral, anteponiendo la negociación a la judicialización.

En este momento, las últimas reclamaciones están en vía de Conflicto Colectivo, que deberían negociarse entre los sindicatos y la ULPGC en el seno de una Comisión Paritaria en el plazo de un mes, reclamando el pago de los sexenios por la sentencia ganada por CCOO en julio, el pago de la subida salarial para predoctorales acordada en el EPIPF publicado en marzo por el Gobierno en el BOE, la "legalización" mediante negociación de la tabla salarial y la actualización de trienios para el personal investigador contratado, la aplicación del reconocimiento a efectos de trienios de los servicios prestados en otras Administraciones públicas o universidades, le exigencia de negociación de las RPTs y otros temas pendientes que se vienen incumpliendo reiteradamente.


De la misma forma que también sigue sin conocerse si la ULPGC acatará la sentencia de septiembre, también ganada por CCOO, en la que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias resolvió que todo el PDI contratado temporal tiene derecho a solicitar la evaluación de sus méritos investigadores (sexenios) porque lo contrario supone una discriminación contraria a la Directiva 1999/70 de la Unión Europea, tal y como ha establecido el propio Tribunal de Justicia de la UE.  Acatamiento que comprobaremos en menos de un mes cuando se publique la nueva Resolución rectoral abriendo el plazo de solicitudes de evaluación en ANECA para el PDI contratado.


Igual que también siguen pendientes, mediante juicios y demandas individuales, los despidos de profesorado ATP el curso pasado así como decenas de reclamaciones de este colectivo para regularizar su situación evitando la precarización a la que se ve sometido por los responsables de la ULPGC.

Desde CCOO esperamos que se acabe este tortuoso año de desencuentros y puedan volver a una situación de normalidad laboral, entendimiento y paz social basada en la negociación y la cooperación.

sábado, 26 de octubre de 2019

¡URGENTE! para nuevos "TU" que no han elegido entidad en MUFACE

Aviso urgente a nuevos mutualistas docentes que no han elegido entidad sanitaria en el ámbito de MUFACE

Quien no haya ejercitado la opción hasta la fecha límite, 31 de octubre, será adscrito a la asistencia sanitaria pública.

Recordamos que el profesorado que haya accedido durante este año al Cuerpo de Titulares de Universidad procedentes de contratos como Contratado Doctor o RyC adquieren la condición de mutualistas obligatorios de MUFACE, pero se mantienen en el Régimen General de Seguridad Social a efectos exclusivo de la jubilación (ver nota explicativa al final de la noticia).

Dicha organización ha enviado ya correos electrónicos personales a cada uno de los nuevos mutualistas docentes en los que se informa, en primer lugar, de que deben optar entre recibir la asistencia sanitaria a través del servicio público de salud de su propia Comunidad Autónoma (Servicio Canario de la Salud) o a través de medios concertados (ADESLAS, ASISA, DKV y el IGUALATORIO de CANTABRIA). La opción debe realizarse, en cualquier caso, sea cual sea su cobertura sanitaria actual.

Desde MUFACE se ha comunicado que, para su comodidad, se ha dispuesto un servicio de elección de entidad en la Sede Electrónica de la Mutualidad, dentro del apartado "Servicios para colectivos específicos", cuyo enlace directo es https://portal.muface.es/altaentidad/, en el que podrán identificarse a través de la plataforma Cl@ve, que permite el uso de certificado digital, DNI-e, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN. La elección de entidad sanitaria puede hacerse también por correo postal o presencialmente en las oficinas de la Mutualidad. Hecha el alta de entidad y formalizada su afiliación, recibirá en su domicilio la tarjeta de afiliación y el talonario de recetas.

RECORDATORIO
El próximo 31 de octubre acaba el plazo para que cada nuevo mutualista docente elija entidad sanitaria, por lo que se advierte que, transcurrido ese plazo sin que se haya ejercitado la opción, MUFACE , de oficio, adscribirá a este colectivo a la asistencia sanitaria pública, esto es al Servicio Canario de la Salud (Seguridad Social) y remitirá el talonario y la tarjeta de afiliación. El alta de beneficiarios, si los hay, debe hacerse en todo caso por el mutualista, ya sea electrónicamente, presencialmente o por correo postal. Póngase en contacto con su Servicio Provincial.

NOTA EXPLICATIVA SOBRE MUFACE/CLASESPASIVAS
El Régimen de Clases Pasivas es el sistema de jubilación de los funcionarios del Estado hasta el 31 de diciembre de 2010 (incluidos los Cuerpos Docentes universitarios: TEU, TU, CEU y CU), ya que a partir de esta fecha, los nuevos funcionarios ingresan en el Régimen General de la Seguridad Social a efectos únicamente de jubilación según la Disposición adicional tercera sobre Inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los funcionarios públicos y de otro personal de nuevo ingreso, incluida en el Real Decreto Legislativo 8/2015 (el PDI funcionario que ya estuviera incluido en Clases Pasivas con anterioridad seguirá en el mismo régimen al acceder al nuevo Cuerpo, por ejemplo antiguos TEU que pasan a TU o TU que pasan a CU).

Sin embargo la protección social (asistencia sanitaria y todos los demás programas) se sigue prestando a través del mutualismo administrativo, MUFACE. Este Régimen se rige básicamente por el Real Decreto Legislativo 670/1987 de 30 de abril por el que se aprueba el Texto refundido de Clases Pasivas del Estado, modificado por varias leyes y decretos posteriores.

miércoles, 23 de octubre de 2019

Sexenios: Las universidades dicen una cosa y hacen lo contrario

Desde 2017 CCOO viene ganando, una tras otra, diversas sentencias para reconocer el derecho del PDI universitario a presentar solicitudes de evaluación por méritos investigadores (Sexenios)

Detalle de la Sentencia [clic en la imagen para ampliar]
Y desde ese mismo año las universidades vienen afirmando que ven positivo ampliar los Sexenios a todo el PDI, especialmente porque supone un aliciente adicional para mejorar la calidad investigadora de las universidades y, también hay que decirlo, porque muchas están teniendo problemas derivados de las jubilaciones masivas y no encontrar reemplazo en algunos Departamentos para asumir la Dirección de Tesis Doctorales. En todas las universidades uno de los requisitos para ejercer esta Dirección es tener al menos un Sexenio reconocido, aunque a la vista de las dificultades se han añadido opciones alternativas equivalentes. Por eso parece "razonable" que las universidades estén motivadas para ampliar esa evaluación a nuevos colectivos no contemplados hasta ahora.



[clic en la imagen para ampliar]
A esta defensa pública para que los Sexenios puedan ser solicitados por profesorado contratado temporal también se han sumado las dos universidades canarias, con afirmaciones a título personal y en privado desde hace tiempo y esta misma semana en sendas entrevistas a los dos vicerrectores de Investigación de las dos universidades canarias (publicadas en ELDÍA y LAPROVINCIA).

En concreto, en una parte de las entrevistas se señala: "Asimismo, tanto la ULL como la ULPGC quieren impulsar la solicitud de los sexenios en los investigadores más jóvenes. "Estamos intentando que los ayudantes de doctor, a los que hasta ahora no se les ha permitido solicitar este complemento, puedan pedirlo porque suelen tener suficiente investigación", afirma Pereda, que insiste en que en la ULL cuentan con una plantilla de investigadores jóvenes "con mucho que aportar". Justamente esa línea es por la que aboga Suárez, que concluye que permitir "al personal laboral acceder a los sexenios" permitiría mejorar este indicador de calidad productiva."

Sin embargo, las universidades siguen haciendo todo lo contrario a lo que dicen. Cada vez que una Sentencia amplia el derecho a solicitar la evaluación de Sexenios, la recurren sabiendo solo lográn retrasarlo  porque los Tribunales superiores ratificarán el criterio por ser una Resolución del TJUE en aplicación de la Directiva UE 1999/70.

Los Servicios Jurídicos de ambas universidades se han opuesto a los recursos judiciales de CCOO en los que pedimos que se extienda al PDI temporal la posibilidad de solicitar la evaluación de Sexenios, de forma que hemos tenido que llegar hasta el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que acaba de dictar una sentencia dándonos la razón en el caso de la ULPGC y estamos a la espera de conocer una similar para la ULL. ¿Seguirán haciendo lo contrario a lo que dicen y nos obligarán a llegar hasta el Tribunal Supremo para retrasar la aplicación de estas sentencias?

Aunque también hay que decir que las reclamaciones se iniciaron contra el anterior equipo rectoral y la nueva Rectora ha manifestado su predisposición a evitar las judicializaciones. En cualquier caso la nueva convocatoria de Sexenios será dentro de mes y medio, así que podremos saber con certeza qué decide finalmente la ULL.  Aunque no parece que estén renegociando el Convenio de colaboración con ANECA, imprescindible si quieren ampliar los colectivos de PDI susceptibles de pedir la evaluación de sus méritos investigadores para Sexenios.

Desde CCOO seguiremos promoviendo recursos judiciales hasta completar todos los colectivos temporales del PDI y todas las universidades, y seguiremos manteniendo los recursos hasta la última instancia.

lunes, 21 de octubre de 2019

¿Qué vacaciones prefieres? Encuestas para el PAS

Queremos saber tu opinión sobre los "cierres" y las dos opciones de organizar las vacaciones y permisos [Nota importante: la encuesta finalizó el lunes 14 de octubre parra el PAS laboral y el 21 para el PAS funcionario y se pueden ver los datos finales en los gráficos que insertamos más abajo. Además, en los comentarios, explicamos las razones por las que hemos hecho esta encuesta]

Encuesta de CCOO para PAS LABORAL: 170 respuestas
71% prefieren mantener el sistema actual de "cierres" y vacaciones
23% quieren recuperar el sistema anterior y eliminar los  "cierres"
6% no tienen preferencia y les da igual un sistema u otro  
Una vez empezado el nuevo curso académico, y con la mayoría de la plantilla del PAS laboral reincorporada después del periodo de vacaciones de verano, desde CCOO esperamos que hayas disfrutado de un merecido descanso y te deseamos una buena e ilusionante reincorporación a tu puesto de trabajo.

Y ya que estamos hablando de vacaciones, decir que en los próximos meses el Comité de Empresa tendrá que negociar la próxima instrucción de vacaciones, permisos y licencias. En años anteriores dicha instrucción ha generado cierta polémica, ya que hay diferentes posturas en cuanto al cierre y desde CCOO creemos necesario que la plantilla del PAS laboral sepa cuáles son las diferentes ventajas e inconvenientes de las vacaciones antes y después del cierre.

Encuesta para PAS FUNCIONARIO: 88 respuestas
A la vista de la encuesta, muchos compañeros y compañeras del PAS funcionario nos pidieron extenderla también a este otro colectivo, por lo que abrimos una nueva con un resultado similar aunque con menor participación y, evidentemente, con un mayor apoyo al sistema actual. Razón por la que la Junta nunca ha puesto objeciones a firmar las renovaciones anuales del Acuerdo de "cierres" y vacaciones.


Comparativa entre ambas situaciones.

Además, te pedimos que nos indiques en la encuesta que hemos puesto más abajo cuál es tu opción favorita y así poder valorar el sentir de la plantilla en este asunto:


jueves, 17 de octubre de 2019

El PDI contratado temporal de la ULPGC también tendrá derecho a evaluar sus Sexenios de investigación

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón a CCOO en un recurso que interpusimos contra la Resolución del Rector de la ULPGC

Detalle del fallo de la Sentencia [clic en la imagen para
ampliar o usar el enlace de abajo para verla completa]
Para ser más precisos, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha aceptado "el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Federación Estatal de Enseñanza de CCOO contra la sentencia del Juzgado número dos a que se refiere el antecedente primero del presente fallo, la cual declaramos no ajustada a derecho y revocamos, estimando el recurso deducido en primera instancia, con anulación de la resolución del Rector de la Universidad de Las Pamas recurrida."

Existe una demanda similar interpuesta por CCOO contra la ULL por idénticos motivos y que esta pendiente de revisión en el TSJC.

Más abajo, al final de la información se puede ver un
listado completo de la situación en todas las universidades
La resolución del Rector recurrida, como hemos indicado, era fijando el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora para el profesorado contratado por tiempo indefinido, con el objetivo de reconocer los denominados Sexenios de investigación. Y como en anteriores ocasiones,  esa Resolución rectoral excluía al personal contratado laboral de carácter temporal. 

Nuestro recurso judicial fue rechazado por un Juez en una primera instancia de la reclamación, por lo que nos vimos obligados a recurrir ante el TSJC cuya Sala de lo Contencioso-Administrativo compuesta por tres de los jueces más prestigiosos en ese campo nos han dado finalmente la razón. Quienes han determinado que esa sentencia inicial "valora erróneamente la Jurisprudencia en la materia" y después de hacer un repaso por los criterios fijados en el Tribunal Supremo (TS) y el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)  sobre las tres sentencias previas contra la Secretaría de Estado de Universidades, la Universidad del País Vasco (UPV-EHU) y la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) entiende que nuestra reclamación es ajustada a derecho y, por lo tanto, la Resolución del Rector de la ULPGC incumple la Directiva 1999/70 de la UE que persigue la protección de los trabajadores temporales dentro de los Estados de la Unión Europea.

Tal es así que la sentencia del TSJC determina con claridad que "la valoración de méritos de investigación y sus consecuencias económicas son claramente condiciones de trabajo a los efectos de dicha Directiva, resultando que el colectivo afectado en el presente litigio se encuentra en una situación comparable con el personal laboral indefinido para acceder a la valoración de méritos de que se trata." Por lo que se les reconoce el derecho a ser incluidos en la convocatoria para evaluar sus méritos investigadores con el objetivo de acceder al reconocimiento de Sexenios por investigación

En este punto nos gustaría señalar que esta es la tercera sentencia ganada a una universidad (las anteriores fueron contra la UPV-EHU interpuesta por varios sindicatos y contra la UPM interpuesta también por CCOO), estando pendiente de resolver recursos similares de nuestro sindicato contra el resto de universidades públicas españolas [existe una cuarta sentencia contra todas las universidades catalanas pero en el ámbito de la jurisdicción social]. En las tres sentencias resueltas contra las universidades, los Tribunales han recogido expresamente que las universidades no han sido capaces de aportar prueba o explicación objetiva que pruebe como legítima la exclusión del PDI temporal y cada una de estas tres sentencias "viene a señalar que es necesaria la acreditación de la existencia de algún criterio objetivo para justificar un trato diferente a cada grupo de profesores so pena de vulnerar la Directiva 1999/70". Algo que no se puede acreditar puesto que independientemente del tipo de contrato que vincula al trabajador o trabajadora con la universidad (PCD interino, PAD, PA, ATP, personal investigador contratado, etc.) dichos trabajadores pueden haber acumulado méritos investigadores que les permita superar el proceso de evaluación de ANECA, y por lo tanto no se les puede excluir previamente sin conocer si poseen o no dichos méritos. 

Sirve de referencia pensar que el profesorado de las universidades privadas puede acceder a la Evaluación de ANECA para obtener los Sexenios de investigación. Por lo que nunca se ha entendido la negativa de las universidades públicas a aplicar ese criterio a su PDI contratado temporal. 

La negativa de las universidades se entiende aún menos cuando el reconocimiento positivo de esa evaluación supone un añadido a los méritos de las propias universidades en los ranking que evalúan la calidad de su docencia e investigación. Aunque también es cierto que algunas de esas universidades ya habían aceptado extender a sus colectivos de PDI contratado temporal dicha evaluación a petición del los sindicatos, tal como puede verse en el listado que adjuntamos a continuación, y por lo tanto deben ser felicitadas por ello al mismo tiempo que criticamos a las que se niegan y solo lo estan aplicando tras un proceso lento y laborioso de reclamaciones judiciales. Como ha pasado con la ULPGC.

Listado recogiendo la situación de las distintas universidades en cuanto a evaluación de méritos de investigación (Sexenios):

LAS QUE MENOS DISCRIMINAN
UA solo para PCD interino a través de CNEAI-ANECA y también para el resto de profesorado o investigadores que estén en posesión del título de Doctor, a través de la agencia autonómica AVAP - 20/12/2017.
UBU para "profesores con vinculación temporal y al personal contratado a través de programas de incorporación de investigadores de alto nivel" a través de la agencia autonómica ACSUCYL.
Todas las catalanas: UB - UPC - UAB - UPF - UDG - UdL y URV - para interinos/temporales en plazas de Catedrático laboral, Agregado y Lector (Lector=PAD) de la Agencia autonómica en aplicación de una sentencia del Juzgado nº 2 de Barcelona del 9 de febrero de 2017.
UV solo para PCD interino a través de CNEAI-ANECA y también para PAD a través de la agencia autonómica AVAP .
UPV/EHU solo para personal docente o investigador laboral doctor que ocupe interinamente una plaza  de la Agencia autonómica UNIBASQ.
UMH para PCD interino, PColaborador interino, PAD y ATP en posesión del título de Doctor, a través de la agencia autonómica AVAP .

LAS QUE HAN INCLUIDO AL PCD interino (ordenadas según fecha de esa inclusión)
USAL solo para PCD interino
UGR solo para PCD interino
UCM solo para PCD interino
UVA solo para "profesorado contratado interino"
UAM solo para PCD interino
UCLM solo para PCD interino
UCO solo para PCD interinos
UMA solo para PCD interino
ULPGC solo para PCD interino
UNICAN solo para PCD temporal
UNIRIOJA solo para PCD interino
UNIZAR solo para PCD interino
US solo para PCD interino
UHA solo para PCD interino
UPO solo para PCD interino
UPV-PV solo para PCD interino
UDC solo para PCD interino
UVIGO solo para PCD interino
UAL solo para PCD interino

LAS QUE SIGUEN DISCRIMINANDO A TODO SU PDI TEMPORAL (orden alfabético)
UAH Universidad de Alcalá de Henares
UCA Universidad de Cádiz
UC3M Universidad Carlos III de Madrid
UNEX Universidad de Extremadura
UIB Universidad Illes Balears
UJI Universidad Jaume I de Castellón
UJAEN Universidad de Jaén
ULL Universidad de La Laguna
ULEON Universidad de León
MU Universidad de Murcia
UNIOVI Universidad de Oviedo
UPCT Universidad Politécnica de Cartagena
UPM Universidad Politécnica de Madrid
URJC Universidad Rey Juan Carlos de Madrid
USC Universidad de Santiago de Compostela
UNED Universidad Nacional de Educación a Distancia

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Nota importante: Existen convenios de colaboración entre ANECA y algunas agencias autonómicas para la realización de actividades de Evaluación y Acreditación del profesorado, de forma que son homologables. No es el caso de la Agencia Canaria ACCUE.

miércoles, 2 de octubre de 2019

¡ACTUALIZACIÓN! de Complementos retributivos autonómicos

El Gobierno de Canarias, desde la aprobación de los Complementos retributivos autonómicos, se ha venido negando a su actualización generando una considerable pérdida de poder  adquisitivo

[clic en la imagen para ampliar] Fuente: CCOO-ULL 2019
Informe Complementos Retributivos  Autonómicos, elaboración propia.
La Junta de Personal Docente e Investigador (JPDI) de la ULL ha acordado, entre otras medidas, iniciar las negociaciones con el Gobierno de Canarias y el equipo rectoral de la universidad para la  actualización de los Complementos Retributivos Autonómicos.

Los Gobiernos regionales, desde la aprobación de los Complementos, se han negado a la actualización de los mismos. Esto se ha traducido, considerando la inflación anual, en una considerable pérdida de poder adquisitivo [ver el Gráfico adjunto]. A la pérdida de poder adquisitivo derivada de dicha congelación se unió en el 2010 la imposición de una retención del 5%.

El año pasado, en la negociación con las anteriores Gerente y Vicerrectora de la Universidad de La Laguna, se acordó el abono del 22% del Complemento Específico que estaba pendiente para todo el personal de la Universidad. Es hora ya, terminados los ciclos electorales, de iniciar la negociación para el reintegro y restablecimiento de la paga integra del Complemento Retributivo en la ULL y, con el Gobierno de Canarias, la actualización de dichos complementos para la totalidad del PDI de las universidades públicas canarias.


jueves, 26 de septiembre de 2019

27S: Un grito unánime contra el cambio climático

CCOO Canarias llama a la ciudadanía a participar de las movilizaciones convocadas

Desde CCOO exigimos medidas de transición ecológica en las empresas. La falta de compromiso político y el desarrollo de nuestra economía con un excesivo consumo de combustibles fósiles y el abuso en el consumo de los recursos naturales nos ha traído a la situación actual, una situación de deterioro insostenible por lo que se hace imprescindible declarar, en el mundo, la emergencia climática. Un crisis climática por lo tanto, consecuencia directa del modelo de producción actual que pone en riesgo la supervivencia humana y la de un gran número de especies y ecosistemas, afectando especialmente a las poblaciones más empobrecidas y vulnerables y en igual medida a las generaciones futuras.

Desde CCOO pedimos conjuntamente con todas las organizaciones convocantes que se declare de manera inmediata la emergencia climática y se tomen las medidas necesarias para reducir a cero las emisiones de gases de efecto invernadero en el plazo más corto posible. Nuestra Organización enlaza estas movilizaciones con la campaña iniciada por CCOO a nivel confederal:  "Impulsa la transición. Hacia una adaptación ecológica de los centros de trabajo".
  • Detallamos los actos a celebrar:
  • Todo el día: Huelga de consumo
  • 12:00 Concentración en el Campus central de la Universidad de La Laguna
  • 18:30 MANIFESTACIÓN desde la Plaza Weyler
Se propone que el día 27 de septiembre se utilice camiseta/camisa verde o algún distintivo (lazo, brazalete) en dicho color.

viernes, 2 de agosto de 2019

¿Confusión ante las noticias sobre impugnación de oposiciones?

Desde CCOO pedimos tranquilidad ante las distintas noticias que aparecen en prensa en relación con la posible impugnación de los concursos-oposición de empleo público en Canarias, al menos en lo relativo a la ULL

¡NO NOS AFECTA!
[clic en la imagen para ampliar]
También pedimos a la propia Universidad de La Laguna, su Gerencia y Servicios Jurídicos, el máximo cuidado y que tomen las medidas necesarias para proteger nuestras convocatorias y "aislarlas" de la contaminación que habitualmente rodea los procesos selectivos de la Comunidad Autónoma y que llevan décadas provocando el caos a la hora de cubrir las plazas de las distintas Consejerías del Gobierno de Canarias.

Hasta ahora la ULL siempre ha desarrollado nuestras convocatorias sin grandes problemas, salvo situaciones muy puntuales, frente al disparate permanente que vive el Gobierno de Canarias con impugnaciones generalizadas de concursos y oposiciones. La negociación colectiva de nuestra universidad, la colaboración y respeto a las aportaciones sindicales han permitido un clima de cordialidad, entendimiento y cooperación que permite tranquilidad y sosiego en los procesos selectivos. Tranquilidad que debe seguir manteniéndose en el futuro.

Por esta razón debemos y queremos dejar claro que los problemas que refleja la prensa sobre impugnaciones judiciales no afecta a las convocatorias de la ULL. Y no nos afecta a pesar de que un grupo de opositores ha presentado reclamaciones intentando "extender" esa situación a la convocatoria de concurso-oposición para cubrir las plazas de C1 Administrativa recientemente publicada.

EL TRANSFONDO DE LAS IMPUGNACIONES JUDICIALES
Tal como informa la prensa, las sentencias judiciales del TSJC que han salido publicadas recientemente establecen que las convocatorias de concurso-oposición del Gobierno de Canarias vulneran el artículo 73.2.- de la Ley de Función Pública de Canarias en el que se establece que "2. Tratándose de funcionarios se dará preferencia al sistema de oposición, salvo cuando por la naturaleza de las funciones a desempeñar sea más adecuada la utilización del sistema de concurso-oposición [...]".  Y el TSJC lo interpreta así considerando que para dar validez a una convocatoria por concurso-oposición es imprescindible incluir una justificación que explique que ese procedimiento es el "mas adecuado" frente al de simple oposición que en dicha Ley aparece como preferente.

En principio estas impugnaciones se han venido presentando desde 2015 en las convocatorias de plazas de Administración general del Gobierno de Canarias y ¡repentinamente! varias personas han presentado argumentos similares en reclamaciones ante la ULL en vía administrativa contra la convocatoria C1 Administrativo (que sepamos aún no hay presentadas reclamaciones judiciales). De ahí que las dudas hayan comenzado a circular por los pasillos de la universidad, alimentadas por las noticias de prensa.

ESAS IMPUGNACIONES NO AFECTAN A LA ULL
Por esta razón debemos dejar claro, en primer lugar, que esas sentencias no afectan a las convocatorias de la ULL. No han sido presentadas contra nuestra universidad ni pueden alegar dichas limitaciones en relación con el dichoso artículo 73.2 de la Ley de Función Pública de Canarias porque el PAS de las universidades canarias no está incluido en dicha Ley.  A nosotros, en cambio, se nos aplica directamente el Artículo 61.6.- del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) que regula "6. Los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación." que es lo que ha permitido utilizar este sistema hasta ahora con total normalidad. Por esa razón nuestras convocatorias no necesitan justificar nada ni añadir argumento alguno ya que podemos utilizar indistintamente cualquiera de los dos procedimientos descritos: la oposición y el concurso-oposición.

LA TRANQUILIDAD ROTA POR INTERESES AJENOS
En condiciones de normalidad y hasta 2018, la respuesta a estas dudas en la ULL podría haberse resuelto de manera inmediata. Pero desde el año pasado nuestras convocatorias han introducido algunos cambios promovidos por la anterior Gerente y su Directora-Coordinadora de Área de Recursos Humanos que generan "dudas", aunque injustificadas. Y obliga a argumentar con mayor detalle y cuidado este tema.

Esos cambios son la inclusión detallada de las normas legales que regulan las convocatorias, citando expresamente a la Ley de Función Pública de Canarias. Cuando, con anterioridad a 2018,  simplemente se hacía referencia a normativa estatal más un añadido: "demás normativa aplicable". Cambio que responde al intento de la anterior Gerencia y equipo de Gobierno para intentar aplicar en la ULL los criterios y normas del Gobierno de Canarias, restringiendo y reduciendo nuestra capacidad de negociación colectiva. Algo que CCOO denunció desde los primeros intentos y que nos llevó a un duro enfrentamiento con algunas Jefaturas de Servicio que intentaron aplicar aquí lo que han venido haciendo en sus anteriores puestos de trabajo (nombramientos discrecionales y "a dedo" de tareas o comisiones de servicio, desregulación en las funciones del personal, movilidad funcional, etc.).

Sin embargo, que se incluya una referencia a esa normativa solo debe entenderse como algo que tiene carácter supletorio, y por lo tanto no es de aplicación directa ya que, como hemos dicho: el personal de administración y servicios de las universidades canarias no estamos incluidos en el ámbito de la Ley de Función Pública Canaria. De manera que se nos sigue aplicando el EBEP.

MAYOR TRANQUILIDAD
Explicando las cosas se puede afrontar la situación con normalidad, pero es posible incrementar la tranquilidad para dejar el tema zanjado definitivamente. Para ello sería suficiente con publicar en el BOC una corrección de errores eliminando esa negativa referencia a la Ley de Función Pública de Canarias y volviendo al método primitivo de "demás normativa aplicable". Puede que sea engorroso y obligue a abrir un nuevo plazo de solicitudes, pero eliminaría cualquier atisbo de duda o incertidumbre.

Y desde luego, sería muchísimo mejor que la otra alternativa que se pueda estar barajando de añadir una motivación o justificación, tal como piden los jueces al Gobierno de Canarias. Ya que de hacerlo así se estaría reconociendo implícitamente que esa norma se nos debe aplicar, y les recordamos que la Ley de Función Pública de Canarias es bastante más restringida y recortada en derechos que los Acuerdos que hemos desarrollado en la ULL mediante la negociación colectiva con los sindicatos.



jueves, 27 de junio de 2019

Sexenios PDI laboral: Sentencia y Acuerdo para pagar de manera inmediata

El pasado día 20 de junio el Juzgado de lo Social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife dictó sentencia dando la razón a CCOO, en calidad de demandante, por la que se obliga a la Universidad de La Laguna al pago del complemento de productividad por investigación (sexenios)

Nota: acceso a la sentencia al final de la información.

Recordar que el proceso de reclamación fue iniciado por CCOO mediante declaración de Conflicto Colectivo el 15 de octubre de 2015. Que en la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo del PDI laboral de las Universidades Canarias, el Equipo de Gobierno del exrector Antonio Martinón señaló que no había inconveniente para estudiar el pago pero que tenían que evaluar su impacto económico y tiempo para concluir ese análisis.

En 2018, ante el retraso en el estudio y la respuesta por parte de la ULL, CCOO decidió reactivar la demanda en el juzgado de lo social, al tiempo que el Comité de Empresa del PDI laboral (presidido por la compañera Elena Sánchez de nuestro sindicato), con el apoyo de la Junta de PDI funcionario, iniciaba negociaciones con la Gerencia y Vicerrectorado de Profesorado, con el objetivo de lograr el pago de los Sexenios. Estas negociaciones, fructificaron en un preacuerdo en enero de 2019 por el que la Universidad se comprometía a abonar el complemento al PDI Laboral de la ULL.

La convocatoria de elecciones al Comité de Empresa retrasó, por acuerdo de las partes, la firma. Pasadas las elecciones sindicales, el inicio de la campaña electoral al Rectorado volvía a retrasar nuevamente la firma. Sin embargo, el Rector, al final de campaña, sin contar con el Comité de Empresa ni la Junta del PDI, publica una Resolución de pago de dicho complemento que fue reparada por la Intervención de la ULL.

La negativa del rector D. Antonio Martinon a levantar el reparo de Intervención, obligó a CCOO a mantener la demanda ante el juzgado de lo social. El juicio, celebrado el pasado día 19 de junio, y la rápida sentencia posterior, nos da la razón en esta demanda, reconociendo la legalidad del pago de los SEXENIOS al PDI laboral de la Universidad de La Laguna.

Con el objetivo de no alargar innecesariamente el proceso de aplicación de la sentencia, nuestro sindicato ha mantenido diversas reuniones para valorar, dado que la misma sólo reconocía el pago del 2019, si presentamos o no recurso.

CCOO, teniendo presente que recurrir supondría no percibir el pago del SEXENIO durante varios años (en el caso de que finalmente se nos diera la razón), inició conversaciones con el nuevo equipo rectoral para conocer su respuesta a la sentencia. Como resultado, ambas partes, acordamos aceptar el veredicto, comprometiéndose la Rectora, Doña Rosa Aguilar, a iniciar el pago de los Sexenios antes del mes de agosto y abonar los atrasos generados desde el mes de enero en ese mismo plazo.

jueves, 16 de mayo de 2019

¡Ya! constituido el nuevo Comité de Empresa del PAS laboral

Ayer miércoles se constituyó el nuevo Comité de Empresa del PAS laboral, tal como se había previsto y convocado después del resultado de las últimas elecciones sindicales

Constituido el nuevo Comité de Empresa del PAS laboral,
el más "plural" de la historia de la ULL
Con la asistencia de 11 de las compañeras y compañeros que forman el nuevo Comité de Empresa (dos compañeros habían excusado su ausencia con antelación) ayer, miércoles 15 de mayo, se constituyó el nuevo órgano de representación del personal de Administración y Servicios laboral de la ULL.

Durante la reunión se aprobó su Reglamento de funcionamiento interno y se nombraron los cargos unipersonales, así como el resto de las personas que representan al Comité en diferentes comisiones de trabajo.

  • Presidente: Roberto Betancor Bonilla (CCOO)
  • Vicepresidente: Suso Rodríguez Junco (ASOC)
  • Secretario: Carmelo Paez Ojeda (SEPCA)
  • Vicesecretaria: Laura Soriano Martínez (UGT)

  • Comisión permanente de formación: Bebi Vega Barreto  y Carmelo Páez Ojeda.
  • Pleno de la comisión de formación: Bebi Vega Barreto, Carmelo Páez Ojeda, Laura Soriano Martínez y Suso Rodríguez Junco.
  • Comisión de prevención: Javier Peña Romero y Valentín Fernández Arroyo.
  • Comisión de asistenciales: Alicia Sánchez López.
  • Comisión de igualdad: Vanesa Mª Felipe Martín y Ángel Félix Cabrera Pestano.
  • Comisión de intercambio: Olivier Bello García.



martes, 14 de mayo de 2019

Primer paso para constituir el nuevo Comité de Empresa del PAS laboral

Mañana miércoles se ha convocado una reunión para constituir el nuevo Comité de Empresa del PAS laboral de la Universidad de La Laguna, después de las últimas elecciones sindicales

Desde hace varias semanas se ha intentado iniciar ese proceso de constitución, pero por diversas causas se ha estado retrasando hasta que la mayoría de las y los representantes elegidos/as han decidido que no se puede retrasar más tiempo ese primer paso y, por ese motivo, firman un escrito convocando a la totalidad de la representación para mañana miércoles a las 12:00 horas. Se puede ver el escrito en la imagen de la derecha [clic en la imagen para ampliarla].

Aunque las elecciones a Rectora de la ULL impiden la negociación de grandes temas, existen multitud de pequeñas cuestiones que deben ser atendidas por el Comité de Empresa y que afectan a compañeros y compañeras con posibilidad de ocasionar perjuicios irreparables (formación, gestiones puntuales por problemas concretos relativos a permisos, vacaciones, etc.) además del retraso en la formación de nuevos Tribunales que están a la espera de que el nuevo Comité de Empresa proponga personas para los mismos y así no retrasar los concursos-oposición previstos.

Esperamos que esa petición, formulada por 9 representantes que agrupan a cinco sindicatos (ASOC, CCOO, CGT, SEPCA y UGT), funcione y desde mañana mismo el nuevo Comité de Empresa pueda retomar sus obligaciones represando y defendiendo los intereses del PAS laboral.

viernes, 5 de abril de 2019

La ULL denunciada por no actualizar el sueldo de sus predoctorales

Desde el pasado 1 de enero la ULL tenía que incrementar el salario de un grupo de predoctorales contratados con convocatorias propias de la universidad para actualizarlo al SMI


[clic en la imagen para ampliar o en  los enlaces ubicados
 abajo para leer la noticia completa en la prensa]
Y desde marzo, además, debe hacerlo a la mayoría, aunque sean FPU, FPI, de la ACIISI o propios de la Universidad de La Laguna, en aplicación del recientemente aprobado Estatuto del Personal Investigador Predoctoral en Formación (EPIPF).

Lo escandaloso es que la actualización de enero debió ser para incrementar a quienes aún cobraban por debajo del nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI), establecido en 900€ para este año. Casi cuarenta investigadores e investigadoras predoctorales que cobran 778€ brutos mensuales deberían haber tenido un incremento automático desde hace tres meses, pero según declaró ayer por la mañana el Rector a una emisora de radio "existen problemas administrativos" para poder hacerlo.

Milagrosamente, ayer mismo a última hora de la mañana... y después de la rueda de prensa de CCOO denunciando la situación...   la ULL comunicó a los afectados que esta semana se les pagarían los atrasos desde enero y se les actualizará la nómina de este mes. Parece que ese problema administrativo que ha impedido aplicar un RD Ley durante tres meses han podido arreglarlo en solo un día, cuando se ha llevado a cabo la denuncia pública del problema. 
CCOO detectó este problema después de las quejas de varios predoctorales afectados y como consecuencia del seguimiento que nuestro sindicato ha venido realizando, en todo el país, desde la aprobación del nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para este año. Ya que se habían detectado que algunas empresas tenían reticencias al cumplimiento del incremento acordado por el Gobierno.

Una vez cumplidos los tres meses desde su aplicación y constatando que aún persisten muchos incumplimientos, CCOO ha iniciado una campaña de denuncias con el objetivo de su pago de forma inmediata en todas las empresas en las que aún no se haya formalizado. Exigencia especialmente importante si tenemos en cuenta que se trata del salario más bajo que es posible cobrar legalmente y, por lo tanto, la situación de precariedad que suelen sufrir las trabajadoras y trabajadores afectados por el mismo.

Este incumplimiento, por parte de algunas empresas, se está produciendo mayoritariamente por medio de trucos en su configuración al meter otros conceptos salariales absorbidos por el SMI, como ha sucedido en el sector agrícola canario y que CCOO ya ha denunciado en días pasados.

Pero en unos pocos casos su incumplimiento se realiza con total impunidad, como está pasando en la Universidad de La Laguna y que afecta a unos cuarenta investigadores e investigadoras jóvenes que siguen cobrando salarios por debajo de los ochocientos euros cuando el SMI ya establece 900€ mensuales desde el día 1 de enero.

Ante la avalancha de consultas y protestas, la propia Gerencia de la ULL emitió a finales de enero una circular informativa intentando tranquilizar a los afectados, en la que reconocía el incremento y señalaba que se estaba procediendo a adaptar los salarios afectados a ese incremento legal. Sin embargo han pasado tres meses desde que se debería haber realizado esa adaptación y dos desde que la Universidad de La Laguna emitió ese comunicado, sin que hasta la fecha se haya iniciado ningún proceso de pago. Tal como hemos podido comprobar en la Unidad de Nóminas de la universidad.

Consideramos absolutamente criticable el mantenimiento de tan bajos salarios para el colectivo de jóvenes investigadores, algo que en estas semanas esta siendo producto de intenso debate a nivel nacional en un intento de promover la I+D+i en nuestro país y de permitir el regreso de cientos de buenos investigadores e investigadoras que han tenido que emigrar.

Pero mucho más injustificable es que la Universidad de La Laguna intente mantener unos sueldos mínimos ilegales retrasando la aplicación del nuevo SMI, adoptando un comportamiento muy alejado de lo que debería ser el espíritu universitario del que tanto presume el rector Antonio Martinon. Precisamente, nos tememos que la ULL está intentado retrasar todo lo posible su aplicación aun sabiendo que actúan ilegalmente, hasta que se cumpla el mandato del actual Rector dentro de dos meses y que sea el siguiente equipo de Gobierno universitario quien se responsabilice de su aplicación. Algo que consideramos absolutamente indecente porque eso puede suponer que hasta después del verano no se actualizarían los sueldos como consecuencia del proceso de toma de posesión.

miércoles, 3 de abril de 2019

El PAS laboral respalda a su Comité de Empresa

Las elecciones sindicales al Comité de Empresa del PAS laboral, celebradas ayer, han reflejado el respaldo al trabajo unitario, transparente, estable y honesto de los sindicatos que han asumido el consenso para defender a las trabajadoras y trabajadores de la ULL


Por eso, nuestra primera reacción no puede ser otra que felicitar y agradecer el apoyo recibido. Tanto por nuestro sindicato como el que también han alcanzado el resto de los sindicatos que han venido apostando claramente por desarrollar un trabajo de consenso y unidad en el Comité de Empresa.

¡¡Gracias, muchas gracias por reconocer el esfuerzo y la dedicación honesta!!

RESULTADOS 2/04/2019
4 CCOO
4 Intersindical Canaria
2 SEPCA
1 UGT
1 ASOC
1 CGT


Después de las elecciones tenemos que volver al trabajo de unidad y consenso, que nunca se ha abandonado aunque en los periodos electorales siempre se resiente por las lógicas campañas de petición de voto, y mejorar la promoción y estabilidad de nuestra plantilla.  Por lo que esperamos que esta vez, a la vista del claro resultado electoral, ningún sindicato se autoexcluya del trabajo unitario, transparente, estable y honesto que necesitamos para defender adecuadamente a nuestras compañeras y compañeros del personal de administración y servicios laboral.

viernes, 29 de marzo de 2019

¿Qué te pedimos que hagas?

Estamos ya en la recta final de este proceso de campaña

Esperamos no haberte saturado demasiado. 

Durante estos días te hemos presentado quiénes somos las personas que conformamos este equipo, qué hemos logrado y a qué nos comprometemos .

Ahora es tu turno. En CCOO tienes un lugar donde aportar, sugerir, reclamar, debatir.

Si tienes ideas e inquietudes, implícate con nosotros, comparte tus opiniones y sugerencias, haznos saber qué soluciones se te ocurren.

Estamos abiertos a recibir tu comentario y tu inquietud.

El momento es ahora. ¡Contamos contigo!

Te recordamos que el día de la votación es el martes 2 de abril de 2019.

El horario de las mesas es de 10:00 a 18:00.

El lugar de votación es la Sala de Juntas de la Escuela de Agrícolas, oficialmente llamada Escuela Politécnica Superior de Ingeniería, sección Ingeniería Agraria.

Te recordamos que para ejercer tu derecho al voto debes llevar tu DNI obligatoriamente. No vale otro documento identificativo.

Y ahora sí. Si tienes a bien, vota CCOO.