jueves, 1 de diciembre de 2011

El Rector atiende nuestra petición incorporando más interinos para reforzar la plantilla del PAS

El Rector ha decidido firmar una Resolución iniciando un procedimiento que posibilita la contratación de nuevos funcionarios interinos para plazas no incluidas en la RPT pero que son necesarias para poner en marcha proyectos estratégicos en la Universidad.

En una noticia del blog con el título "PAS: Lo que quiere la ULL de nosotros/as", informamos sobre el Plan de Gobierno presentado por el Rector en la reunión del Claustro. Plan del que decíamos que era muy positivo pero presentaba el problema de no contar con los recursos necesarios para poder desarrollar muchas de las tareas asignadas al personal de administración y servicios. Sobre todo en un momento en el que no se recibirá financiación para incrementar nuestra RPT.

Esa misma argumentación la desarrollamos en la misma sesión del Claustro, y el Rector ha entendido nuestro razonamiento, por lo que ha decidido aprobar una Resolución que permitirá contratar funcionarios interinos para acometer algunas de esas tareas estratégicas. Resolución que fue consultada con la Junta del PAS funcionario el pasado lunes y que recibió el apoyo de la misma, salvo un pequeño apartado al que CCOO había presentado una propuesta de supresión y que fue finalmente aceptada.

Hasta la aprobación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), solamente se podían contratar funcionarios interinos para plazas creadas en la RPT y que estuvieran vacantes.  En el artículo 10 del EBEP se incluyeron dos nuevas opciones de contratación de interinos:  La ejecución de programas de carácter temporal y el exceso o acumulación de tareas.

Para el último supuesto (la acumulación de tareas) ya se había firmado un acuerdo en 2009 que permitía incorporar interinos para plazas no previstas en la RPT, algo que se ha venido haciendo durante los dos últimos años. 

La otra posibilidad (nuevas iniciativas o programas temporales para los que no contamos con personal) es la que ahora se pone en marcha con la nueva Resolución. Queremos recordar que hasta ahora, el sistema utilizado para las nuevas iniciativas o programas temporales ha sido a base de becas o contratos de la Fundación, por lo que este cambio supone el inicio de una regularización en nuestra plantilla.

Somos conscientes de que esta nueva Resolución no va a significar la desaparición inmediata de todas las becas y contratos externos, pero cambia la dinámica de muchos años y abre la puerta jurídica para que se puedan hacer las cosas de otra manera. Ahora nos toca a todos/as empujar para que, en el futuro, las nuevas necesidades de personal de administración y servicios se resuelvan con mecanismos adecuados y que aquellas plazas que se necesiten de forma permanente pasen a engrosar la plantilla por medio de la ampliación de nuestra RPT.
  1. Resolución para el nombramiento de funcionarios interinos en la ejecución de programas de carácter temporal

4 comentarios:

  1. ¿Pueden informar por qué propusieron suprimir ese párrafo en la propuesta del Rector?. Es que no entiendo lo que significa.

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  2. Hola,
    Lo suprimido decía exactamente que solamente se podrían nombrar interinos para inciativas o proyectos que "no este atribuido especificamente a un servicio o unidad administrativa".

    CCOO propuso suprimir ese apartado porque suponía una "autolimitación" que no estaba justificada y que, además, ocasionaba tres problemas importantes:

    1. Eso significaba que en el caso de iniciativas vinculadas a Servicios o unidades administrativas no se podrían contratar interinos, por lo que se seguiría aplicando el sistema anterior de becas y contratos externos.

    2. Para poder contratar interinos habría que "desvincular" la iniciativa de los Servicios y unidades administrativas. Lo que supone una mala organización, ya que estos nuevos interinos estarían aislados y no se les podría apoyar o sustituir en caso de vacaciones, permisos, ITs... dejando desatendido su trabajo

    3. Rompería el esquema de jerarquía piramidal que hemos acordado desde la primera RPT de 1987 para la estructura del PAS funcionario. De forma que estos interinos, que además serán puestos base, dependerian directamente de cargos institucionales.

    Para colmo, el propio Estatuto Básico del Empleado Público no incluye ninguna restricción al respecto, por lo que si necesitamos más personal para reforzar nuestra plantilla... ¿Por qué vamos a autolimitarnos innecesariamente?

    Nuestras argumentaciones fueron entendidas por el resto de la Junta y la Gerencia también las aceptó, quedando suprimido ese párrafo.

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  3. Vale, pues felicidades para los funcionarios. Pero ya se han vuelto a olvidar del PAS laboral como siempre.

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  4. Hola,
    Me gustaría hacer una puntualización importante. Ese mismo sistema, contratar personal laboral sin plaza en la RPT es legalmente posible.

    Pero, además, se puede hacer desde hace mucho tiempo. Incluso antes del EBEP.

    De hecho la ULL lleva años realizando contratos laborales a puestos de trabajo que no estan incluidos en la RPT, como por ejemplo los técnicos de los proyectos de investigación y otros similares.

    Sin embargo hay una diferencia sustancial con respecto a lo que ahora se regula para los interinos funcionarios, propiciada por el propio Convenio Colectivo: a ese personal laboral se le excluye del mismo (segundo párrafo del artículo 3: "Quedan excluidos del ámbito de este Convenio los contratos de trabajadores vinculados exclusivamente al desarrollo de proyectos de investigación y aquellos otros proyectos, finalistas en su ejecución, cuya financiación no esté incluida en el Capítulo I del Presupuesto de las Universidades firmantes y que no impliquen el desempeño de tareas propias de puestos de trabajo permanentes").

    En la regulación que hemos acordado con el Rector, para los funcionarios interinos, éstos tendrán los mismos derechos que los interinos que sí ocupan plazas de RPT y saldran de las mismas listas de sustituciones (artículo 4º de la Resolución).

    Esa situación de desregulación ha dejado esa opción al margen, favoreciendo la proliferación de becas y contratos "externos". Igual que pasaba con el PAS funcionario.

    Iniciado el camino en uno de los dos colectivos convendría que, para ir en paralelo, el Comité de Empresa estudie la viabilidad de regular las condiciones laborales del PAS laboral sin plaza en RPT, para que también se pueda plantear esta fórmula de contrato en las nuevas iniciativas de la ULL.

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