jueves, 21 de enero de 2021

ANECA ¡YA! permite la evaluación de Sexenios al PDI temporal

El sábado 23 se ha reactivado la Sede electrónica de ANECA para solicitar los sexenios de investigación, después de estar varios días parada por problemas informáticos

Por esa razón se ha ampliado el plazo hasta el 8 de febrero, ¡esa ampliación también es para las solicitudes que pueda presentar el PDI temporal (no permanente) y personal investigador contratado laboral! al que ANECA permite ahora solicitar su evaluación de méritos investigadores, después de que sus universidades u OPIs firmen la Adenda del convenio de colaboración [ver la información con detalle más abajo].

Las demandas judiciales de CCOO han surtido efecto y ANECA acaba de permitir la evaluación de Sexenios de investigación para todo el PDI temporal

Igual que ya pasó en 2018, con la sentencia del 26 de diciembre de 2017 ganada por CCOO contra el Ministerio, reconociendo el derecho del PDI interino a ser evaluados por Sexenios de investigación (TU interinos y PCD interinos), ahora han sido nuevamente los recursos judiciales de nuestro sindicato los que han obligado a ANECA a modificar otra vez su criterio y, ¡ahora ya sí!, permitir la evaluación de Sexenios de investigación para todo el personal contratado temporal. Tanto el personal interino, que ya tenía ese derecho, como Ayudante Doctor, Profesorado Asociado o personal investigador contratado temporal puede solicitar su evaluación en la convocatoria de este año a través del aplicativo de la CNEAI-ANECA.

ANECA ha difundido esta información en las charlas informativas virtuales que ha realizado en las #ConversacionesConANECA: 'Criterios de los sexenios de investigación'. En varias de estas sesiones, los tres representantes del Ministerio han informado, respondiendo a preguntas directas, que la CNEAI-ANECA permite la evaluación de Sexenios de investigación para cualquier profesor/a o investigador/a que tenga una relación contractual de carácter temporal. En varias de esas preguntas se ha aclarado explícitamente que lo pueden solicitar el profesorado Ayudante Doctor,  el profesorado Asociado y el personal investigador contratado temporal (en este caso incluso los contratados por Proyectos). Lo que supone un cambio radical respecto a la situación anterior y que se ha logrado gracias a las demandas judiciales ganadas por CCOO en varias universidades (2 sentencias de 2019 que ya son "firmes" contra la Universidad de La Rioja y la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y otras dos sentencias de 2020 pendientes de recurso ante el Tribunal Supremo contra la Universidad de Cantabria y todas las de Madrid).

En sus respuestas, Mercedes Siles Molina (Directora de ANECA), Javier Llorens (Coordinador de sexenios de ANECA) y Ana Hidalgo (Jefa Unidad de evaluación de sexenios de investigación de ANECA) han aclarado que para poder realizar esta evaluación es necesario añadir una Adenda o Anexo a los convenios de colaboración firmados con las universidades para incluir al PDI temporal. La Directora de ANECA ha concretado, además, que se ha puesto en contacto con todos los rectorados para comunicarles que todas  las universidades pueden acceder a esta posibilidad, no solo las que tienen Sentencia. Por lo que desde CCOO consideramos que ya es definitivo que ese derecho se reconoce para todos y todas en el conjunto del Estado. Que se pueda implementar este mismo año o haya que esperar al próximo dependerá de la agilidad de los rectorados a la hora de responder al ofrecimiento de ANECA.

Información de ANECA sobre la suspensión
temporal del Aplicativo [clic en la imagen]


Desde nuestras secciones sindicales de CCOO en cada universidad estamos solicitando a los rectorados que gestionen urgentemente estas Adendas, de manera que sea posible entregar la solicitud dentro del plazo previsto. Algo que se puede ver favorecido por el problema en el Aplicativo de ANECA que en este momento esta temporalmente suspendido por problemas informáticos y que implicará una ampliación del plazo de solicitud.

Considerando que algunos rectorados pueden ser lentos en su respuesta y para evitar que se termine el plazo sin tiempo para firmar ese cambio en el Convenio con ANECA, desde CCOO recomendamos que quien este interesado y tenga méritos suficientes presente su solicitud en cuanto se reinicie el Aplicativo de la CNEAI-ANECA. En este sentido es importante recordar que si tu solicitud es evaluada y denegada por no reunir méritos suficientes, ese resultado es penalizador y solo podrás recuperar tres años de ese periodo para una posterior solicitud de Sexenios de investigación. En las mismas condiciones que se hace para el PDI funcionario y el PDI contratado permanente, por lo que se debe ser extremadamente cuidadoso en la tramitación de las peticiones.

Si tienes dudas, puedes ponerte en contacto con tu sección sindical de CCOO en tu universidad a través del correo electrónico, el WhatsApp y los teléfonos que tengan disponibles para asesorarte. En el caso de la ULPGC son: ccoo@ull.es  y 682260451, o preguntando directamente en la línea de comentarios que aparece mas abajo (puedes hacerlo con carácter anónimo sin necesidad de identificación si así lo prefieres).

9 comentarios:

  1. Hola a todos y disculpad mi ignorancia porque estoy un poco perdido en estas cosas. He estado de asociado en una universidad pública desde finales de 2013 hasta septiembre de 2020, con distintas dedicaciones (casi todos los años asociado 3h, pero alguna vez 4h o incluso 5h). ¿Tiene sentido con mi perfil pedir esto? Mil gracias!

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  2. Hola, los Sexenios de investigación solo tiene sentido pedirlos si dispones de méritos investigadores de alto impacto, que además deben comprender un periodo de evaluación de seis años.

    Cualquier profesorado o personal investigador, sea fijo o temporal, funcionario o laboral, que disponga de esos méritos y pueda acreditarlos en una evaluación exhaustiva como la que realiza CNEAI-ANECA debería solicitarlo. No es ya la cuestión de si luego se cobrará o no el complemento correspondiente, sino que los Sexenios de investigación son un elemento diferenciador de calidad que se valora para muchas cosas (acreditación para categorías superiores, presentación a Proyectos de investigación, acceso a plazas de PDI o personal investigador, dirección de tesis doctorales, etc.).

    Hace algún tiempo hubo un debate entre "sexenistas" y antisexenistas, y aparte del hecho de que quien no tiene Sexenios de investigación no debe ser subvalorado por ello, lo cierto es que quién sí los tenga merece cuando menos un fuerte respeto. Porque los Sexenios no se regalan, cuesta bastante ganarlos e incluso, si la evaluación es negativa se aplica una penalización. Por lo que mucha gente se lo piensa mucho antes de presentar la solicitud.

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  3. Hola.

    Es de celebrar esta noticia ya era hora...

    Por otra parte y aunque se trata de otro mérito que actualmente genera la misma controversia, los quinquenios por docencia: al hilo de la sentencia del Tribunal Supremo el pasado diciembre, en contra de las Universidades madrileñas que pusieron el recurso ante dicho tribunal y que finalmente ha dado la razón a los sindicatos y, bajo mi punto de vista, cierra el asunto en la justicia española ¿tiene sentido empezar a realizar solicitudes de valoración de este mérito en universidades fuera de Madrid?

    Un saludo y gracias!

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  4. No me queda claro si los profesores contratados laborales por procedimiento de urgencia también podemos. He llamado a la ULL y me han dicho que no. Gracias

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    1. La ANECA lo permite. Según respondió su Directora en las sesiones públicas informativas, que están grabadas y difundidas por la propia Agencia, admiten la evaluación de cualquier investigador o investigadora que tenga una relación contractual con una universidad u OPI. Sea un contrato de profesorado o personal investigador (en estos casos admiten hasta los de xProyecto), o tiempo completo y tiempo parcial.

      Eso sí, en una de las preguntas sobre ese tema, ANECA dejó claro que en el caso de tiempos parciales ellos no están seguros de que la obtención del Sexenio luego les pueda servir para cobrar el Complemento correspondiente.

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  5. De cara a la evaluación de sexenios, quería realizar una consulta relacionada con el centro de investigación donde he realizado parte de mi trayectoria investigadora.

    La pregunta se enmarca dentro del punto 5.3 e) del BOE nº 330 del sábado 19 de diciembre de 2020 por el que se aprueba la convocatoria de evaluaciones de la actividad investigadora. Dentro del tramo a ser evaluado, parte mi actividad investigación fue llevada a cabo en el departamento de investigación de una empresa privada. Entre los cometidos realizados, se encuentra investigación interna y conjunta con universidades de prestigio del país.

    La razón de la consulta es saber si esta actividad se encuentra dentro de la descripción que se hace en el punto mencionado: "Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación".

    Atentamente

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    1. Lo importante no es quien te contrataba, sino donde o con quién realizas la investigación. Se pueden evaluar méritos investigadores obtenidos cuando no tienes ningún contrato por estar en paro en ese periodo de tiempo, o cuando estabas contratado por un colegio o en un instituto de Bachillerato... siempre que tu investigación se desarrolle en "un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación". Algo que suele ser lo normal para los/as investigadores/as privados/as porque se trabaja en equipo y con colaboración de otros investigadores e investigadoras.

      Es decir, que en la publicación de tu trabajo de investigación figure una universidad (pública o privada), un organismo público de investigación (OPI), una empresa privada dedicada fundamentalmente a la investigación o una Fundación dedicada a la investigación. Si al publicar tu trabajo no lo hiciste vinculado a ninguna de estas entidades y solamente consta la empresa y ésta no es de investigación, probablemente no te lo acepten como mérito evaluable.

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    2. Buenas tardes,
      esto que dicen "Se pueden evaluar méritos investigadores obtenidos cuando no tienes ningún contrato por estar en paro en ese periodo de tiempo" no es correcto si atendemos a las charlas que dio la Agencia. Concretamente en el minuto 1:15:35 de este video https://www.youtube.com/watch?v=Gmscx03tvJI&t=830s dice que sólo computan períodos contratados.
      Saludos

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    3. Por las evaluaciones de años anteriores, lo que exigen es que estés "vinculado" de alguna forma a una universidad. En cuanto a contratación creo que exigen un mínimo de tiempo en cada año, pero no recuerdo cuánto. Otra cosa es que en esta convocatoria vayan a endurecer ese criterio.

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