jueves, 23 de febrero de 2012

La Reforma Laboral también afecta al personal de las universidades públicas

Frente a otras reformas laborales realizadas en ocasiones anteriores, este RDL 3/2012 sí es de aplicación directa a las universidades públicas:
  1. Disposición adicional segunda. Aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el Sector Público.
 "El despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público de acuerdo con el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público [*ver nota más abajo]..." 

"A efectos de las causas de estos despidos en las Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se entenderá que concurren causas económicas cuando se produzca en las mismas una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes. En todo caso, se entenderá que la insuficiencia presupuestaria es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos. Se entenderá que concurren causas técnicas, cuando se produzcan cambios, entre otros en el ámbito de los medios o instrumentos de la prestación del servicio público de que se trate y causas organizativas, cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal adscrito al servicio público."

[*Nota aclaratoria: Los Entes, Organismos y Entidades que forman el Sector Público de acuerdo con el artículo 3.1 citado son las siguientes: La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunicades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las Universidades Públicas...]


Como sindicato, en CCOO somos muy conscientes de las nefastas consecuencias que este RDL tendrá en el conjunto de la sociedad, pero en este blog queremos centrarnos en los aspectos más relevantes por su incidencia en el ámbito universitario.
Los colectivos más afectados serán los sujetos al régimen jurídico laboral, tanto del PAS como del PDI contratado. El gobierno ha "flexibilizado" las causas del despido objetivo y colectivo y ha decretado que las mismas también serán de aplicación a las Administraciones Públicas, donde además los ERE no podrán ser suspensivos, es decir, sólo cabe el despido.

Los ERE podrán ser impuestos y ya no precisarán la autorización de la Administración. Esta medida puede suponer el despido de miles de empleados públicos y es un peligro potencial para el personal laboral de las universidades públicas.

En paralelo se ha abaratado el coste del despido. Bastará alegar una situación de insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente durante solo tres trimestres consecutivos (nueve meses, ni siquiera un año completo).  Será fácil calificar el despido como objetivo para que la indemnización se reduzca a 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Hay que tener en cuenta que prácticamente todas las universidades españolas están en esta situación de insuficiencia presupuestaria.
Se devalúa el valor de los convenios colectivos, que hasta ahora constituían la garantía de las condiciones laborales pactadas entre empresarios y trabajadores, fundamentalmente debido a que:
  1. Perderán su efectividad transcurridos dos años desde su denuncia.
  2. Las empresas podrán modificar la jornada anual, el horario, los turnos, las funciones de los trabajadores, el cambio de centro de trabajo o el sistema de remuneración y cuantía salarial, sin tener que llegar a acuerdo con los representantes sindicales, aludiendo que con ello evitarán problemas futuros. Es lo que se denomina "cláusula de descuelgue".
Y por si fuera poco, se facilita el despido por absentismo: te pueden despedir por faltar 9 días no consecutivos en dos meses, aunque estés enfermo y esté justificada la falta.

Por mucho que lo repitan, esta reforma no se ha ideado para generar empleo, ni ahora ni en el futuro. Esta reforma se ha hecho para abaratar costes tanto a la empresa privada como a la pública por la vía de la destrucción de empleo de calidad y para poner en manos de la empresa todo el poder de decisión debilitando la capacidad de negociación colectiva de los trabajadores.
Casi dos millones de trabajadores y trabajadoras se han echado a la calle el día 19 de febrero para defender los derechos que tanto nos costó conseguir. Desde CCOO hacemos un llamamiento para que que todos y todas, cada uno/a de nosotros/as, participe de forma unitaria en las movilizaciones previstas para exigir la modificación parlamentaria de este RDL. Sólo así tendremos éxito.
  1. Acceso a documentos sobre la Reforma Laboral (pequeño resumen con 11 razones y un amplio informe jurídico de 33 páginas)

1 comentario:

  1. Es tremendo, nadie se salva de los despidos en este país

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