miércoles, 22 de agosto de 2012

Los Planes del gobierno de Rajoy para 2013

El gobierno de Rajoy continúa preparando sus "recortes" laborales y sociales, planificando lo que serán las líneas maestras para el 2013

[Ver nueva información añadida al final de la noticia]

En este sentido, Montoro y Cospedal, ya han adelantado lo que podrían ser los ejes fundamentales de los recortes el año que viene: Despido de la mitad de los "interinos" y amortización de sus plazas (tanto laborales como funcionarios); congelación de las pensiones; aplicación inmediata de la jubilación a los 67 años y de las prejubilaciones y jubilaciones parciales, así como otras medidas relacionadas con el IRPF (eliminación de la deducción por adquisición de vivienda, incluso de los que ya disfrutan de esta bonificación fiscal, y un nuevo incremento del impuesto que se añadiría al que ya sufrimos en febrero de este año).

La eliminación de parte de los/as interinos/as es ya se ha venido aplicando de forma limitada en 2012 por parte de la Administración central, como consecuencia del artículo 3.4 del Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público: "Durante el año 2012 serán objeto de amortización en Departamentos, Organismos autónomos, Agencias estatales, entidades públicas empresariales y resto de  los organismos públicos y entes del sector público estatal, un número equivalente de plazas al de las jubilaciones que se produzcan, en los términos y con el alcance que determine el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, salvo en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales" (amortización = eliminación del puesto en la RPT).

Pero ya con carácter generalizado, y como una avanzadilla de lo que nos espera el próximo año, la secretaria general del PP y presidenta de Castilla-La Mancha (Dolores de Cospedal) ya ha puesto en marcha la primera de las medidas en su comunidad autónoma: el despido del 43% de los empleados temporales, interinos laborales y funcionarios [WEB].

Para el gobierno de Rajoy, el despido de empleados/as públicos temporales se puede realizar con mecanismos relativamente sencillos ya que no requieren de ningún procedimiento especial o ERE y, además, son "baratos" de aplicar al suponer simplemente la puesta en marcha de anulaciones de nombramientos en el caso de los interinos funcionarios (que no tendrían derecho a indemnización) o de anulaciones de contratos para los interinos laborales (en este caso si habría indemnización pero en función del tiempo trabajado por lo que solamente suponen entre tres y seis meses de salario).

Para evitar estos despidos, para que no congelen las pensiones, para que no adelanten la jubilación a los 67 años... ¡PARA QUE NO ACABEN CON TODO!  Participa en las movilizaciones del verano: 

Este viernes, 24 de agosto:
  • En La Laguna: concentraciones conjuntas con los/as trabajadores/as del ayuntamiento.
  • En Santa Cruz: concentración unitaria de los sindicatos en la subdelegación del gobierno. 
VER EL CALENDARIO DE MOVILIZACIONES DE VERANO [WEB]


[Lunes, 27 de agosto] Valencia se suma al "carro de los despidos de personal temporal": interinos/as funcionarios y laborales

El pasado miércoles 22 de agosto se difundió la noticia de despidos de personal temporal (interinos funcionarios y laborales) que se estaba preparando en Castilla-La Mancha, y recordamos que la Administración central ya había desarrollado ese mismo mecanismo de forma limitada desde principios de año.

Ahora es la comunidad Valenciana la que anuncia "la salida" del 25% de su personal temporal, apenas una semana después: ¿Quien será el siguiente?

No se han publicitado datos exactos sobre cuántos puestos de trabajo podría pretender eliminar el Consell, pero podríamos estar hablando de una horquilla tan amplia que podría afectar a 10.000 trabajadores temporales en la Comunidad Valenciana, 5.000 en la provincia de Valencia, 4.000 Alicante, 1.000 en Castellón. CCOO recuerda que el Decreto Ley 1/2012 de esa comunidad autónoma contempla entre sus objetivos "la posibilidad de aprobar Planes de Ordenación de Personal, con la finalidad de ordenar la administración de la Generalitat para la reducción de hasta un 25% de los efectivos de carácter temporal".

Independientemente de la cifra real de empleados públicos susceptibles de ver cómo su puesto de trabajo pasan a ser considerados prescindibles, desde CCOO vamos a oponernos, a denunciar estas medidas y a defender los intereses de los trabajadores públicos, porque consideramos que lo de menos es su condición de funcionarios, estatutarios, docentes, laborales, fijos o temporales. En definitiva, de lo que estamos hablando es de saltarse a la torera la Negociación Colectiva y el Estatuto del Empleado Público y desmantelar, de paso, unos servicios públicos de calidad, que son derechos de la ciudadanía.

Desde CCOO denunciamos que, de manera sistemática, se culpabilice interesadamente de esta crisis a los empleados públicos y no nos resignamos a ser los paganos de una crisis que no hemos provocado, y que cobra mayor virulencia por la ineptitud y la corrupción de quienes pretenden resolverla perpetrando despidos masivos.

7 comentarios:

  1. ¿Se sabe cuando van a aprobar ese Decreto de despido de interinos?

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    1. El gobierno de Rajoy no prepara ninguna norma específica sobre este tema.

      En realidad lo que preparan es continuar con el llamado "adelgazamiento" del sector público, que ya empezaron el año pasado con la reducción de interinos en sanidad y educación y que han continuado en 2012.

      Se trataría de ampliar esa reducción de plazas de la administración pública en el resto de los sectores y, como siempre, "tiran" por donde es más fácil: contratados temporales e interinos funcionarios.

      Como avance, lo han puesto en práctica (además de docentes y sanitarios) en la Administración central con la amortización de tantos puestos como jubilaciones han tenido y, ahora, también Cospedal en Castilla-La Mancha yendo un poco más allá: eliminando casi la mitad de la plantilla en algunos sectores.

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  2. Me gustaría tranquilizar a los compañeros y compañeras interinos, tanto del pas funcionario como del pas laboral.
    Desde que saltó este tema en la prensa estoy recibiendo muchas llamadas de gente preocupada por su situación, pero hay que recordar que la ULL, por acuerdo entre el Rector y los sindicatos, esta evitando aplicar las medidas más graves siempre que se pueda. Por eso se llegan a acuerdos en otros temas que generen ahorros para no tener que tocar el Capitulo de personal.
    De todas formas, si alguien tiene alguna duda concreta y quiere comentarlo personalmente ya sabe que no estoy de vacaciones y puede localizarme por las mañanas en el teléfono 682260451 o en el correo del sindicato ccoo@ull.es

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  3. http://www.canariasahora.com/noticia/231330/

    El TSJC declara improcedentes dos despidos en una empresa a la que Trabajo denegó la autorización para un ERE a 41 trabajadores.

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  4. La verdad es que no se qué diablos tiene que ver el último comentario sobre la anulación de dos despidos en una empresa con la información sobre interinos, que es de lo que se trata ahora.

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  5. Si el despido es por amortización de plaza tienes derecho a algun tipo de indemnización???

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    1. Como estamos hablando de "interinos" en general y pueden ser funcionarios o laborales, es necesario concretar.

      En el caso de los funcionarios interinos no existe reglamentado ningún tipo de indemnización. Incluso aunque se trate simplemente de anular el nombramiento sin que la plaza se ocupe o se amortice. Existe la posibilidad de recurrir judicialmente porque se incumple una de las condiciones del nombramiento (condicionado hasta el momento en el que la plaza se ocupe) pero como la anulación del nombramiento tiene el mismo rango jurídico, pues eso, que una Resolución anula la otra y es casi imposible conseguir un juez que acepte el recurso porque no hay ninguna legislación general que determine el derecho de los funcionarios interinos a permanecer en su puesto por tiempo ilimitado.

      En en caso del interino con contrato laboral la situación es distinta, ya que existe una legislación que regula las causas del despido y cuantifica los casos en los que se tiene derecho a indemnización. Y solamente NO se tiene derecho a indemnización por terminación del plazo previsto en el propio contrato.

      Lo malo es que en los contratos laborales de interinidad que esta haciendo la ULL, añaden una clausula adicional que dice... "El titular del presente contrato D. XXXXXXX, cesará en la plaza XXXX cuando se produzca cualquiera de las siguientes causas: reincorporación del titular de la plaza, el vencimiento legal o convencionalmente establecido para la reincorporación, la extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo, sea provista la misma por alguno de los procedimientos reglamentariamente establecidos, O SEA AMORTIZADA". Como observamos incluyen casi todas las causas que pueden interrumpir la contratación, invalidando cualquier derecho a reclamar indemnización.

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