viernes, 30 de octubre de 2015

Hay que evitar copiar malas prácticas en la contratación de PAS indefinido no fijo por sentencia judicial

A la vista de las dimensiones que esta alcanzando el problema de contratación de indefinidos no fijos por sentencia en la ULPGC, tenemos que renovar los esfuerzos para que la ULL siga inmunizada contra ese problema

En la ULPGC hemos tenido que presentar una propuesta de solución al problema porque, a fecha de hoy, ya son 17 contratos indefinidos no fijos por sentencia judicial o resolucIón de la Inspección de Trabajo con la amenaza de seguir creciendo

La idea que CCOO ha presentado en la universidad vecina se fundamenta en un protocolo de buenas prácticas en las externalizaciones (contratación de empresas, encomiendas de gestión a Fundaciones propias, contratación de autónomos, creación de becas de colaboración...) de forma que se garantice una clara distinción entre el personal propio de la plantilla de PAS y el externo. Distinción que debe estar perfectamente delimitada en todos los sentidos, incluyendo las funciones, dependencias, etc.

El origen de esta propuesta es una Instrucción de la Administración General del Estado publicada en  2012 pero que ya se venía aplicando en diversos organismos sin alcanzar ese nivel de formalidad. Ese mismo esquema ha sido adoptado en muchas universidades, especialmente al amparo de lo previsto en cumplimiento a la Disposición Adicional 1ª del RD-ley 20/2012, de 13 de julio, deMedidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, "Medidas en relación con los trabajadores de las empresas de servicios contratadas por la Administración", donde se establece que “Los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público de acuerdo con el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, dictarán en sus respectivos ámbitos de competencias las instrucciones pertinentes para la correcta ejecución de los servicios externos que hubieran contratado, de manera que quede clarificada la relación entre los gestores de la Administración y el personal de la empresa contratada”.

En el caso de la ULL, aunque no existe un protocolo de este tipo aprobado formalmente, si se acordó verbalmente en 2009 entre el Presidente de la Junta de PAS funcionario con el entonces Rector, el Gerente de la ULL y el Gerente de la Fundación. Acuerdo que se ha venido aplicando hasta ahora de forma escrupulosa. Hasta tal punto que una sentencia declarando indefinidos no fijos en la ULL a tres personas de la Fundación fueron ejecutadas como despidos improcedentes. Es decir, no se les incorporó a la plantilla de la universidad pero se les pagó la correspondiente indemnización como legalmente corresponde y sus funciones han sido ahora revertidas a la ULL y atribuidas a personal funcionario del Servicio de Investigación.

El elemento fundamental de estos protocolos de buenas prácticas es diferenciar claramente entre el personal propio de la universidad y el personal externo, a todos los niveles. Ya que lo contrario, es decir la confusión entre unos y otros, es lo que propicia los pronunciamientos favorables de la Inspección de Trabajo y de los Juzgados de lo Social en el sentido de que si una persona "parece" un trabajador de la universidad es que "es" un trabajador de la universidad aunque no sea contratado como tal y no haya pasado por los procedimientos legales de acceso al empleo público.
Somos conscientes de que lo ideal es que nuestra plantilla fuera suficiente para poder acometer todos los servicios y necesidades de nuestra universidad, pero teniendo en cuenta las restricciones económicas y que el Gobierno de Canarias no permite incrementar el Capitulo 1 de presupuesto consolidado para plantillas de personal (PAS y PDI) no queda otro remedio que mantener externalizados algunos servicios concretos.  Y mientras seguimos presionando para que esa situación cambie y nuestra plantilla pueda volver a crecer, esas externalizaciones deben estar controladas y responder a criterios claros, evitando ilegalidades e irregularidades.

El ejemplo de ese sistema lo podemos comprobar en la reversión de las encomiendas de gestión con los servicios externalizados, tal y como se ha aplicado este mismo año con la gestión de los proyectos de investigación que hasta ahora llevaba la FGULL y ahora se han adscrito al Servicio de Investigación de la ULL compuesto por personal funcionario.


40 comentarios:

  1. Buenos días, solamente quería hacer una pregunta ¿qué hace CCOO cuando una sentencia judicial firme no es cumplida por la ULL? ¿solamente se están defendiendo los derechos de los funcionarios ¿los contratados no tienen derechos? ¿en qué mundo nos estamos metiendo?

    ResponderEliminar
  2. Pues como no te expliques mejor veo difícil que te contesten. Entre otras razones porque si se trata de una sentencia firme no hay posibilidad alguna de no aplicarla, así que tu pregunta es un poco absurda, ¿no?

    ResponderEliminar
  3. Hola R CC, creo que a lo que te refieres es a como una sentencia judicial firme puede no ser cumplida. Solo las no firmes se pueden recurrir, son aquellas contra la que se pueden interponer recursos.Contra las que lo son, no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio está amparada por el principio de cosa juzgada.
    Por eso no se puede aplicar como bien indica el compañero. Igual te refieres a las recurribles, de todas formas muchas suerte.
    Saludos

    ResponderEliminar
  4. Creo que se refiere a trabajadores que han conseguido que un juez en primera instancia dijera que el juicio era nulo. Entonces se supone que la persona se tiene que reincorporar pero es un hecho que en la mayor parte de los casos se recomienda dejar al trabajador en casa y pagarle mientras el proceso legal continua. ¿Parece una tontería? quizás, pero es muy común.

    No se si ese proceso ya ha llegado a un punto donde la sentencia es realmente firme como afirma R CC o sigue en proceso judicial. Lo normal muchas veces cuando es firme es no incorporar realmente al trabajador sino despedirlo y pagar lo que le corresponda.

    Digo esto creyendo saber de lo que habla.

    ResponderEliminar
  5. Buenos días,
    Si creo que sabes de qué hablo, existen dos sentencias firmes, una de ellas del Tribunal Superior de Justicia, en las cuales se declara nulo el despido y hasta la fecha la ULL no ha hecho nada. Por cierto CCOO tampoco ha hecho nada al respecto, al menos que yo sepa.
    La persona en cuestión ha tenido que superar tres procesos de selección para poder continuar con el trabajo que estaba realizando, por lo cual no corresponde aquí el informe al que hace referencia, así que cumple con todos los requisitos para ser personal laboral fijo. Otra cosa es que se quieran reconocer los derechos de los no funcionarios.

    ResponderEliminar
  6. Perdón según las noticias publicadas en esta página CCOO ha frenado la reincorporación de estas personas.

    ResponderEliminar
  7. Hola R CC, como no citas expresamente ninguna plaza en concreto hemos de suponer que te refieres a un puesto de trabajo que tiene su origen en una subvención externa y que ha sido gestionada indistintamente por la Fundación y la propia ULL en distintas épocas, vinculada a la gestión de proyectos de investigación.

    De ser así nos gustaría señalar dos aspectos esenciales.

    El primero es que NO es cierta tu afirmación de que la persona afectada "ha tenido que superar tres procesos de selección para poder continuar con el trabajo que estaba realizando, por lo cual no corresponde aquí el informe al que hace referencia, así que cumple con todos los requisitos para ser personal laboral fijo".

    Nos explicamos para que no hayan dudas. Para cubrir una vacante fija en la plantilla de personal laboral se requieren tres requisitos: que previamente la plaza se haya incluído en la Oferta Pública de Empleo aprobada en Consejo de Gobierno y publicada en BOC, que a continuación se oferte en promoción interna de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo del PAS laboral y finalmente, si sigue vacante, que se convoque en libre concurrencia mediante su publicación en el BOC.

    El incumplimiento de alguno de estos tres requisitos implica que no se pueda ser personal laboral fijo, ¡Y EN ESTE CASO SE INCUMPLEN LOS TRES!

    La segunda es que lógicamente lo que se puede ganar en la situación de este trabajador es su reconocimiento como indefinido no fijo porque se le ha estado haciendo un contrato en fraude de ley (ante las dudas hemos publicado en el blog varias noticias sobre este fenómeno en la ULPGC y lo que significa exactamente ser indefinido no fijo). Y es probablemente eso lo que haya podido ganar en sentencias judiciales, porque es lo que ha determinado la jurisprudencia española.

    Pero esa misma jurisprudencia ha aclarado que la figura de los indefinidos no fijos no son figuras estables y están en situación similar a la del personal interino. Es decir, cesarán en sus puestos de trabajo cuando se cubra éste por medio de un concurso u oposición, también en el caso de amortización de la plaza y, finalmente, si ese servicio es ofrecido por otro puesto de trabajo existente (razonamientos contenidos en la STJUE 20/1/2011).

    Da la casualidad que el caso del que supuestamente estamos hablando está afectado por el primer y tercer supuesto citado: la plaza esta siendo convocada a concurso de promoción interna entre el PAS funcionario y, además, no es una plaza de personal laboral sino de personal funcionario tal y como acordó la Junta de PAS funcionario y la Gerencia ratificado por el Consejo de Gobierno al aprobar la nueva RPT, así que se cubre como tal desde el Servicio de Investigación.

    Estas dos razones implican que no puede continuar trabajando en la ULL porque su contrato ya no tiene sentido ni justificación pero legalmente le corresponde percibir una indemnización de acuerdo con el tiempo que lleva trabajado.

    CCOO defiende el derecho de todas y todos los trabajadores. Desde un/a Catedrático/a hasta el personal de limpieza de las Contratas. El de los/as funcionarios/as o fijos y el de los/as interinos/as o contratados/as. Pero jamas apoyaremos que se intenten crear "puertas traseras" para entrar en la ULL "a escondidas" y/o con "enchufe".

    Nuestro mensaje es y ha sido bastante claro: quien quiera entrar a una plaza fija y estable en la Administración pública debe concurrir públicamente a la misma en un proceso abierto, controlado y transparente. Eso si, defendemos que quienes han prestado servicios como interinos/as y contratos temporales puedan participar con el máximo de puntuación en reconocimiento de sus servicios prestados y apoyamos su estabilidad temporal hasta que las plazas se puedan cubrir de forma definitiva.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Esto es lo que me faltaba por oir. Durante estos dos años he estado callada pensando que todo esto era un error, pero ya me queda claro que el representante de este sindicato ha estado luchando por privarme de mis derechos como trabajadora de esta Universidad.

      Entiendo que esto se haga para nuevos contratos una vez detectados los errores que se estaban cometiendo, pero este texto demuestra que han luchado para que me quiten mis derechos. Así no puede ser el sindicato de los trabajadores. Y encima utilizan un tono que demuestra que se vanaglorian por ello.

      Para colmo, me insultan y me llaman "enchufada". Primero que deberían informarse bastante bien antes de afirmar tales cosas, que además son totalmente falsas. Segundo que no vi que ninguno de sus compañeros se quejase cuando no querían hacer las cosas que les correspondían y me las mandaban a mi.

      Por otra parte, para que lo tengan claro, en FEULL sólo trabajé tres meses y pico, el resto del tiempo hasta cubrir mis 6 años de contrato, fueron con contratos en la ULL y los últimos dos años, estuvieron financiados con fondos propios de la ULL. Repito, es necesario que se informen bien antes de escribir y decir determinadas cosas.

      Y eso de que nos defienden, bueno, en 2012, cuando nos bajaron a todos el sueldo, unos cuantos compañeros fuimos a la sede de CCOO en Santa Cruz, porque nunca nos hemos sentido representados por los responsables de CCOO de la ULL, para preguntar cómo nos devolverían el dinero que nos quitaban del sueldo a los contratados con cargo a proyecto. Nos dijeron que el representante de la ULL se pondría en contacto con nosotros. Pues a fecha de hoy, nunca jamás se puso en contacto con ninguno de nosotros. Así no se defiende a TOD@S l@s trabajador@s.

      Esto es indignante. Supongo que si han hecho esto conmigo lo habrán hecho o lo harán con todo.

      Eliminar
    2. ?que enchufe? ?qué pensaríais si OS tildarán de enchufados a vosotros después de haber superado tres procesos de selección mediante concurso público y los que supuestamente tienen que defenderos OS llaman enchufados?
      ?no OS estáis pasando un pocoooooo?

      Eliminar
    3. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
    4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
    5. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
  8. Independientemente de consideraciones jurídicas y de casos concretos, la misión de un sindicato es defender los derechos de los trabajadores. En el caso del personal indefinido no fijo por sentencia judicial, un juez ha determinado que efectivamente existe una vulneración esos derechos y que, por tanto, la persona debe incorporarse de forma indefinida. Estoy de acuerdo en que estas situaciones deberían evitarse, porque no es la forma regular de acceder a un puesto fijo en la Administración Pública. Sin embargo, tomar las medidas para evitarlas, corresponde a la empresa o administración y no creo que sea la misión de un sindicato. Y en cualquier caso, cuando se producen situaciones así, el sindicato debería estar del lado del trabajador, y no del de la empresa como se ha manifestado en este caso, llegando a un acuerdo para evitar esas reincorporaciones ejecutando un despido improcedente.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Solamente puedo darte las gracias por tu comentario

      Eliminar
    2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      Eliminar
  9. A CCOO ?como se permiten insultar y manipular las cosas de esta forma. ?defendéis a los trabajadores o a la empresa?

    ResponderEliminar
  10. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

    ResponderEliminar
  11. En primer lugar puedo entender que alguien se sienta ofendido por la forma en la que CCOO ha respondido, al señalar "que jamas apoyaremos que se intenten crear puertas traseras para entrar en la ULL a escondidas y/o con enchufe". .

    Dicho esto he de expresar que a la vista de los comentarios, yo también me siento ofendido.

    Ofendido como miembro de CCOO porque han afirmado que preguntaron en el sindicato "cómo nos devolverían el dinero que nos quitaban del sueldo a los contratados con cargo a proyecto. Nos dijeron que el representante de la ULL se pondría en contacto con nosotros. Pues a fecha de hoy, nunca jamás se puso en contacto con ninguno de nosotros."

    Y digo que mienten porque contactamos con los contratados por proyectos sobre la devolución y, también defendimos que se les devolviera la parte que les correspondía de la paga extra suprimida en 2012. Lo que se hizo por parte de la ULL a petición de CCOO y la prueba palpable son las notas publicadas en el blog sobre este tema, como la del 16 de julio de 2014 bajo el título LA ULL TAMBIEN DEVUELVE PARTE DE LA EXTRA2012 AL PERSONAL INVESTIGADOR CONTRATADO.

    Algo que saben con certeza más de cincuenta técnicos/as e investigadores/as contratados que lograron parte de esa devolución gracias a nuestras gestiones. E insisto que estoy ofendido de forma especial porque CCOO es el único sindicato en Canarias que esta trabajando y peleando contra la precariedad en la que se encuentra este colectivo, hasta el punto que hemos creado un blog específico para ellos/as http://ccoo-precarios.blogspot.com

    Ofendido, también, como funcionario porque han pretendido igualar o justificar algún proceso selectivo en el que han participado (tres veces?) con los sistemas de selección que superamos los funcionarios, de carrera o interinos.

    Me basta comparar, por ejemplo, alguna de las convocatoria que ahora mismo ha sacado la ULL para el entorno de los proyectos de investigación con, también por ejemplo, la que estamos sacando de Ayudantes de Biblioteca interinos.

    En el primer caso solamente dan cinco días para presentar solicitudes, es únicamente concurso por lo que no hay ningúna prueba o exámen ni temario, la baremación se ajusta a un "perfil" previamente definido que condiciona a los posibles candidatos/as y por si fuera poco, el tribunal evaluador esta compuesto por tres profesores del entorno donde va destinada la plaza. ¿Con cuantos candidatos/as competiste? ¿tres, cuatro, diez, veinte?

    La nuestra, permiteme que la denomine así, da el doble de tiempo para presentar solicitudes (si fuera a funcionarios fijos o de carrera sería un plazo de cuatro veces mas). Es un concurso-oposición donde hay un temario bastante extenso con dos pruebas, no hay "perfil" por lo que pueden concurrir libremente todos los/as que posean la titulación y, además, cuenta con un tribunal de seis personas cuyo secretario es un funcionario de Recursos Humanos para velar por el cumplimiento de la legalidad. Por cierto, entre sus miembros hay alguien propuesto por los representantes sindicales para velar por la pureza de las pruebas y otra persona mas elegida por sorteo para vigilarlos a todos.

    Ah, y por ahora hay unos ciento cincuenta opositores compitiendo para "0" plazas, porque solamente es una lista que se usará si hay vacantes.

    Sinceramente, no me valen los tres supuestos procesos selectivos que dices haber pasado, porque no han tenido ninguno de los controles y garantías que exige la Constitución para el acceso a la función pública.

    Y, para terminar, al último comentario: no defendemos a la empresa. A la empresa la defienden ustedes si quieren quedarse fijos sin someterse al control legal y constitucional. Porque la empresa estaría encantada de poder contratar a quien quiere sin ningún control ni limitación, tal y como han hecho ayuntamientos y gobiernos autonómicos al contratar a familiares y amigos de forma fraudulenta y luego colocarlos de indefinidos no fijos.




    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. En uno de los casos la ULL llevó a un juicio a un representante de CCOO para que declarara en contra de los trabajadores. El juez no dio ningún credito a las manifestaciones de éste y estimó la demanda de los trabajadores condenando a la ULL. En otro caso, la ULL despidió a una trabajadora embarazada y CCOO no prestó ningún apoyo a esta. Pese a ello, la trabajadora ganó el pleito y se declaró nulo su despido. No obstante CCOO siguió sin darle apoyo. Por suerte la trabajadora contó con el respaldo judicial y estuvo cobrando meses y meses pese a no tener ocupación efectiva, para verguenza de la ULL que demostró lo "bien" que gestiona el dinero público pagando sueldos sin contraprestación. Sugiero que cambien el rojo del fondo de su logo y lo pongan amarillito. Y los trabajadores que tomen nota de quienes les "¿representan?" en la ULL. A seguir bien.

      Eliminar
    2. Vaya, que los de comisiones impidieron que dos recomendados se queden fijos. Cojonudo, mañana mismo me voy a afiliar porque si es así nos están defendiendo bien a toda la plantilla de la ULL.
      ¿Estos dos anónimos que quieren ? ¿Que darse fijos por la cara bonita? Claro, empiezan esos dos y luego les sigue Cristo y la madre. Así al final nos pasa como en Las Palmas, que tenemos que eliminar plazas nuestras de plantilla para pagarle a los enchufados y mientras ellos se quedan hay que despedir a interinos y temporales.
      Esos dos tienen una jeta que se la pisan. Más les vale que sigan calladtíos.

      Eliminar
    3. Sólo quiero aclarar que sobre el tema de la embarazada despedida que según parece la ULL no tenía constancia de lo del embarazo. La gente no está cabrona como quieren hacer parece.

      El proyecto terminó, no había dinero para mantener unos contratos que, en todo caso, estaban muy por encima de lo que cobraban otros en categorías similares y se les despidió sin saber que una persona en concreto estaba embarazada.

      Eliminar
  12. No tienes ni idea de lo que estas hablando, por favor informante antes de hablar a ciegas. Soy funcionaria, posiblemente desde hace muchos años más que Vd., y cuando aprobé éramos 4000 personas luchando por 57 plazas, pero eso no me da ningún derecho que no tenga otro trabajador, es más, me siento con la obligación de defender y proteger a los menos protegidos de personas como Vd. Por cierto ?cómo lleva sus conocimientos del Estatuto de los trabajadores y de EBEP?. Un saludo y hasta siempre

    ResponderEliminar
  13. No tienes ni idea de lo que estas hablando, por favor informante antes de hablar a ciegas. Soy funcionaria, posiblemente desde hace muchos años más que Vd., y cuando aprobé éramos 4000 personas luchando por 57 plazas, pero eso no me da ningún derecho que no tenga otro trabajador, es más, me siento con la obligación de defender y proteger a los menos protegidos de personas como Vd. Por cierto ?cómo lleva sus conocimientos del Estatuto de los trabajadores y de EBEP?. Un saludo y hasta siempre

    ResponderEliminar
  14. R CC dudo mucho que seas funcionaria por el comentario que pones sobre que serlo no te "da ningún derecho que no tenga otro trabajador". Porque decir eso equivale a desconocer la razón que explica la existencia del personal funcionario en la Administración pública española.
    Soy funcionario y se con absoluta certeza que los funcionarios sí tenemos un derecho que el resto de los mortales no tienen: la inamovilidad en el cargo y la garantía de estabilidad permanente. Algo que ya ha perdido el personal laboral con la última reforma laboral donde permite EREs en los organismos públicos.
    Esta garantía permanente es lo que explica por qué nosotros no cotizamos al sistema de desempleo, ya que nunca lo cobraremos. Y esa inamovilidad en el cargo se justifica en la necesidad de que los funcionarios seamos independientes de los cargos políticos e institucionales para vigilar y aplicar las leyes cuando éstos intenta saltárselas.
    Si no tuviéramos esa garantía ningún funcionario se negaría a los chanchullos ni emitiría informe negativo o testificaría en el caso de que se procese a un cargo político. Así que sí, en eso al menos, tenemos un derecho que ningún otro español posee.
    Por eso me parece penoso que algunos pretendan sustituir funcionarios por contratados indefinidos serviles, y por eso el Tribunal Supremo ha reconocido que esos indefinidos no tienen garantizada la permanencia y pueden ser despedidos. Que lo que se ha hecho aquí.
    Además, las funciones que desempeñaban esos indefinidos despedidos ahora están atribuidas a puestos del PAS funcionario del Servicio de Investigación, que es como siempre tenía que haberse hecho. Por eso ya no son necesarios lo servicios de esos indefinidos.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Sólo puntualizar que el trabajo se sigue realizando en la FGULL desde 2013 y las dos plazas de funcionario dedicadas a ese trabajo siguen vacantes.
      http://www.fg.ull.es/es/oficina-de-proyectos-internacionales-de-la-universidad-de-la-laguna-opi-ull/
      http://www.ull.es/view/institucional/ull/Servicio_de_Gestion_de_la_Investigacion/es

      Eliminar
  15. Sólo puntualizar que el trabajo se sigue haciendo desde FGULL desde 2013 y las dos plazas de investigación siguen vacantes. http://www.ull.es/view/institucional/ull/Servicio_de_Gestion_de_la_Investigacion/es. http://www.fg.ull.es/es/oficina-de-proyectos-internacionales-de-la-universidad-de-la-laguna-opi-ull\

    ResponderEliminar
  16. Compañeros, ¿Ustedes se han parado a pensar el enorme daño que están haciendo al sindicato si un juez de lo social de Tenerife o de Las Palmas lee este texto y lo que se dice más abajo de las amenazas a "estar calladito" y el "análisis" de lo que consideran supone ser funcionario? Cuanto menos preocupante, al menos a mí me lo parece tras haber accedido a esto por un enlace de una red social en el que se comentaba el asunto y no precisamente alabándolo. Gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Al abochornado, tu sabrás por qué. No creo que a nadie le preocupe lo que opinen o dejen de opinar los jueces de lo social. En su trabajo, como funcionarios que son, se limitarán a aplicar la norma y punto, y en este tema no tienen mucho que decir porque corresponde a jurisprudencia del Tribunal Supremo, así que si dicen algo diferente simplemente se sigue recurriendo hasta llegar a éste y ya está.
      Seguramente esos jueces estarán de acuerdo en la definición de funcionario que se ha hecho más arriba. Ellos lo aplican a rajatabla con independencia en sus sentencias.
      Y te dejo una última reflexión. ¿Tu te has parado a pensar por qué razón ningún otro sindicato se ha manifestado para apoyar la tesis contraria?
      En el PAS de la ULL hay otros cuatro sindicatos (Intersindical Canaria, SEPCA, ASOC y UGT) y ninguno defiende que esos indefinidos no fijos se queden.
      Es más, todos esos sindicatos critican a CCOO por ser "tibios" o amigos de la Fundación y si fuera por ellos la liquidaban y despedían a todos sus trabajadores.
      Al final los únicos que apoyan que éstos se queden fijos son ellos mismos y los cargos que los contrataron en fraude de ley.

      Eliminar
    2. Gracias compañero. Hitler se queda chiquitito a tu lado. Eres juez y jurado, tu si que eres "casta". ?donde estabas cuando se crean plazas de laboral fijo para puestos concretos y no suponen " incremento salarial"y no es posible crearlas para estos " enchufados" ? ?donde estabas cuando en un tribunal de selección va como parte de él un familiar directo de un opositor? ?donde estabas FUNCIONARIO? ? Donde estas compañero?

      Eliminar
    3. Por cierto "todos los enchufados están en la calle. Que enchufe más bueno tenían ?no?

      Eliminar
  17. Enchufe tenían, pero les falló el apoyo de los sindicatos, como te dijo el anti-abochornado. Ningún sindicato del PAS de la universidad aceptó que unas personas que no han pasado por los procesos selectivos legales se quede fijo en la plantilla. Y sabes lo que sucede si algún cargo listillo se le ocurre intentar dejarte fijo, pues que acaba en el juzgado de guardia por prevaricación, porque eso si sería ser juez y parte: el cargo amigo te hace un contrato fraudulento (te contrata para una cosa y luego tu haces otra bien distinta) y cuando ya llevas un tiempo trabajando tu denuncias y él o ellos te dejan fijo. Ah, y además lo llevas de testigo para que te apoye ante el juez. ¡Cojonudo!
    Están en la calle por pasarse de listos, porque se les dio la oportunidad de seguir trabajando, pero en la Fundación. Lo malo es que se dejaron llevar por esos cargos "amigos" y denunciaron pensando que aquí sería como en la ULPGC o en los ayuntamientos y el Gobierno de Canarias y la pifiaron.
    Mira, para que lo tengas claro, si ustedes dos llegan a entrar a continuación la ULL recibe decenas de denuncias judiciales similares y tenemos que echar a interinos y temporales para colocarlos a ustedes. Así que se acabó el "efecto llamada".
    Quien quiera seguir trabajando indefinido lo tiene facil, continuar en la Fundación. Y si te interesa hacerte fijo en la universidad, pues te presentas a las próximas oposiciones, no hay otra.

    ResponderEliminar
  18. Me gusta como me ha llamado el colega, anti-abochornado.
    Les esta fallando el plan. Han querido sacarle los colores a CCOO y al final se van a tener que ir con el rabo entre las piernas, porque resulta que nadie los apoya.
    Pero es que era imposible que se sienta la mínima solidaridad con unas personas que se negaban a colaborar o coordinarse con los funcionarios, que te trataban como su fueran superiores y con absoluto desprecio o que se negaban a aceptar que la Jefa de Sección era su jefe. Y ahora vienen aquí a pedir apoyo y comprensión, cuando lo único que han intentado siempre era colocarse a toda costa. Incluso ocultando información para hacerse imprescindibles.

    ResponderEliminar
  19. En 2013, como trabajadora de la ULL, despedida como temporal, con derecho a ser indefinida desde 2010 y que la ULL pagaba mi salario con fondos propios durante los dos últimos años, presenté una reclamación por registro de la ULL. Nadie, ni ULL, ni sindicatos, ni fundación, se puso en contacto conmigo. Como dice la ley, un mes después presenté denuncia.
    Un juzgado reconoció mis derechos como trabajadora indefinida no fija, como os gusta tanto llamar, sin más opción que reincorporación. La ULL no recurrió, la sentencia fue firme y presentó recurso de suplicación cuando les obligaron a cumplir la sentencia.
    El sindicato en vez de pedir que se cumpliera la ley, o encontrar otra solución que me ayudara, queda claro aquí, que fomentó que perdiese mis derechos.
    A mi me sigue pareciendo que ésto no es el cometido de un sindicato de trabajadores.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. ¿Qué poder divino te hace más especial que los funcionarios interinos o los laborales contratados temporales del PAS?
      Hace apenas dos meses se cesó a dos interinas funcionarias que llevaban más de siete años trabajando. Se las cesó porque los puestos que ocupaban se ocuparon en el último concurso de traslados y no cobraron indemnización. Y lo mismo les ocurre a los laborales temporales cuando se cubren las plazas que desempeñan.
      Pero tu, que no has accedido a ese puesto de forma legal (recuerda que ganaste el juicio porque la ULL cometió un fraude de ley en tu contrato) quieres que a ti sí te dejen fija para toda la vida. Vuelvo a decir, que eso es mucho pedir.
      No se lo que dicen lo sindicatos, pero creo que ninguno te respalda por lo que veo. Y lo veo lógico porque pretendes tener más derecho que los casi 40 funcionarios interinos y los 100 laborales contratados. Cuando todos ellos han pasado procesos selectivos legales para ocupar las plazas que están desempeñando.
      Por lo menos a ti te pagan indemnización, cosa que ninguno de esos 140 trabajadores podrá pedir, así que en realidad ya estas disfrutando de mayores derechos que ellos.

      Eliminar
  20. Hola, hemos suprimido parte de un mensaje porque ha incumplido las normas del blog. Desde CCOO defendemos la libertad de expresión en los comentarios, pero pedimos que las intervenciones se planteen en un clima de respeto. Por eso transcribimos el resto del mensaje remitido.

    Anónimo dijo...
    "Anti.abochornado a que Jefa de sección te refieres? A la jefa que [parte suprimida ... ] Porque hay que decir, que con la única funcionaria con la que fue imposible comunicarse fue con esa supuesta Jefa de Sección a la que te refieres, con el resto de los funcionarios de los diferentes departamentos de la administración el trato era inmejorable, buena relación, buena comunicación, conpañerismo, colaboracion, coordinación..etc..etc...etc...entonces quien crees tu que fallaban...ellos?? O esa supuesta jefa que nunca tuvo ni aptitud ni actitud para ello??"

    ResponderEliminar
  21. Visto el cariz que ha tomado la conversación, yo, Cristina Dominguez Conde, quiero hacer constar que mis únicos comentarios en este blog han sido los que comienzan por:
    - "Esto es lo que me faltaba por oir..." (Anónimo 10 de noviembre de 2015, 11:16)
    - "Sólo puntualizar..." (Anónimo 11 de noviembre de 2015, 9:06)
    - "En 2013, como trabajadora de la ULL" (Anónimo 11 de noviembre de 2015, 22:27)
    A pesar de las desacreditaciones recibidas en ningún momento he hecho ninguna alusión personal, ni he pretendido ofender a nadie. Sólo me he quejado de que, en mi opinión, el sindicato no ha actuado como creo que debería funcionar un sindicato.
    Pueden hacer cuantas aportaciones quieran a este blog, intentar desviar el tema, pero mi única reivindicación está relacionada con defender mis derechos como trabajadora, lo que creo que es una postura legítima y que, como sindicalistas, creo que comprenderán y respetarán.

    Mi único error ha sido alimentar este foro, aunque haya sido con tres comentarios, cuando debería haber utilizado los cauces oficiales. Por tanto, desde este momento, todas las comunicaciones y quejas que deba realizar a este respecto las haré por canales oficiales.

    Un cordial saludo y que tengan un buen día.

    ResponderEliminar
  22. http://contencioso.es/2015/11/26/el-tribunal-constitucional-borra-diferencias-entre-interinos-y-de-carrera/

    Comérosla con papas, a ver si vuestra mafia en la ULL puede con el Tribunal Constitucional.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Cada día tengo más claro que hay gente que se toma dos copas antes de leer cuestiones jurídicas. Si no es así, ya me dirán que tiene que ver la noticia del enlace anterior con la ULL.
      Es una reclamación de sexenios docentes de un interino de la Consejería de educación de Madrid.!!
      Pero además, el fondo de la sentencia ya se aplica aquí: nuestros interinos cobran lo mismo que los funcionarios de carrera.

      Eliminar
  23. Qué parte del "no se podrán hacer distinciones de ningún tipo" (no sólo salariales) no entiendes.

    ResponderEliminar
  24. En primer lugar una llamada de atención para evitar expresiones que pueden resultar ofensivas ("hay gente que se toma dos copas antes de leer"), porque no es necesario utilizar esos métodos en un debate sano .

    Sobre este tipo de sentencias CCOO sabe un rato, como se podría decir coloquialmente. Entre otras razones porque todas las sentencias del Constitucional y del Supremo relativas a la no discriminación de interinos y temporales tienen su origen en la Directiva Europea 1999/70 y sentencias de aplicación de la misma por el TSJE interpuestas y promovidas por CCOO a través de la Confederación Europea de Sindicatos (organización que presidió Toxo el año pasado).

    Por eso también tenemos que hacer una "llamada de atención" al segundo anónimo para que no cree falsas expectativas, porque su transcripción literal no es correcta ya que esa frase es del periódico/blog digital que publicó la noticia y no de la sentencia.

    Lo que si es literal es la propia Directiva que dice así:

    "Principio de no discriminación (cláusula 4)
    1. Por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas."

    Y eso significa que no son iguales fijos que temporales o funcionarios de carrera e interinos pero tienen los mismos derechos en lo que no tenga que ver con sus contratos o nombramientos (salario, dias de vacaciones, permisos, licencias, etc...) pero no pueden concursar directamente a plazas fijas ni ser fijos porque sus contratos son de duración determinada (es decir, hasta que se cubra la plaza de forma reglamentaria).

    Un saludo y buen fin de semana

    ResponderEliminar