martes, 26 de noviembre de 2019

PASF interino: rumores y dudas

En noviembre un nuevo rumor se ha sumado a las dudas que ya venía soportando el personal interino del PAS funcionario en nuestra universidad

En agosto alertamos de una mala interpretación legal
sin que se nos hiciera caso y ahora corremos el riesgo
de repetir una mala experiencia, otra vez
Si en agosto, desde CCOO, alertamos de la incertidumbre que estaba provocando una mala interpretación sobre las convocatorias de concurso-oposición (algo que esta retrasando "sin fecha prevista" la realización de las pruebas selectivas para C1 Administrativo), ahora ha surgido un nuevo motivo de dudas en forma de rumor que no ha sido desmentido desde la ULL: al parecer, alguien ha sugerido que en la toma de posesión correspondiente al concurso de traslados C1 se lleve a cabo el cese total de todo el personal interino y una nueva reasignación con posterioridad.

Aunque la propia Junta de PAS funcionario envió un comunicado el día 14 en el que desmentían los rumores y aclaraba algunas cuestiones sobre el cese y la toma de posesión del personal interino, aún siguen manteniéndose las dudas de muchos compañeros y compañeras que remiten consultas a la propia Junta de PAS y también a nuestro sindicato. Dudas que, probablemente, no han desaparecido porque sigue pendiente la necesaria aclaración que debería proporcionar la propia ULL.

A la vista del tiempo transcurrido sin aclaraciones, desde CCOO entendemos necesario detallar lo que es posible de acuerdo a la normativa que ampara los ceses de personal interino. Por lo que entendemos que el rumor de "cese total y generalizado" para realizar luego una nueva reasignación de puestos solo es un rumor y que no se puede llevar a cabo por ser absolutamente ilegal. No queremos entrar en conveniencias o preferencias porque no procede, sino exclusivamente en las limitaciones legales que permiten o impiden determinadas formas de cese.

El cese del personal funcionario interino viene perfectamente detallado y regulado en el apartado 3 del artículo 10.- Funcionarios interinos del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE 31/10/2015): "3. El cese de los funcionarios interinos se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento."

De manera que, las causas previstas en el artículo 63, son las primeras que pueden provocar el cese y no son otras que las mismas que causan  la pérdida de la condición de funcionario de carrera:
a) La renuncia a la condición de funcionario.
b) La pérdida de la nacionalidad.
c) La jubilación total del funcionario.
d) La sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme.
e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.

Los funcionarios interinos cesan por las mismas causas que los demás funcionarios pero además, también por una causa específica propia de su situación de interinidad, que es la desaparición del motivo que justificó su nombramiento. Es muy importante advertir que la única causa específica de cese del funcionario interino es la desaparición de la causa del nombramiento, una causa material, no formal. Y los únicos motivos que explican la desaparición de esa causa, que dio lugar al nombramiento de personal interino, son que la plaza se ha cubierto por personal funcionario de carrera o bien porque ya no existen las razones de urgencia y necesidad de tener cubierto ese puesto de trabajo. Algo que solo se cumple con la amortización del puesto de trabajo tras una modificación de la RPT.

Por lo tanto, realizar un cese total y una posterior reasignación no responde a lo previsto legalmente y sería absolutamente ilegal, provocando recursos judiciales, su nulidad y distorsiones en el funcionamiento de la universidad.

viernes, 8 de noviembre de 2019

Excelentes resultados de CCOO en las elecciones de PDI laboral en ULPGC

El miércoles, 6 de noviembre, se celebraron las elecciones sindicales para renovar el Comité de Empresa del PDI laboral en la ULPGC con un excelente resultado para nuestro sindicato

Comparativa de resultados 2015-2019
CCOO 10 representantes, repartiéndose el resto de la representación entre las compañeras y compañeros de APU (6) y UGT (5).
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Queremos resaltar que este resultado es fruto de la acción sindical ante la intransigencia de los equipos rectorales de la ULPG a negociar con el PDI. Ello, evidentemente se ha traducido en un aumento de la conflictividad laboral en dicha Universidad y, lamentablemente, ha llevado a CCOO a la interposición de varios Conflictos colectivos, demandas judiciales, y denuncias ante la Inspección de Trabajo. El resultado favorable de las demandas demuestra la capacidad de nuestro sindicato para articular la defensa de derechos de manera consistente y decisiva, al tiempo que ponen de manifiesto la necesidad de un cambio de actitud de los responsables institucionales de la vecina universidad. Reclamamos restablecer la normalidad laboral, anteponiendo la negociación a la judicialización.

En este momento, las últimas reclamaciones están en vía de Conflicto Colectivo, que deberían negociarse entre los sindicatos y la ULPGC en el seno de una Comisión Paritaria en el plazo de un mes, reclamando el pago de los sexenios por la sentencia ganada por CCOO en julio, el pago de la subida salarial para predoctorales acordada en el EPIPF publicado en marzo por el Gobierno en el BOE, la "legalización" mediante negociación de la tabla salarial y la actualización de trienios para el personal investigador contratado, la aplicación del reconocimiento a efectos de trienios de los servicios prestados en otras Administraciones públicas o universidades, le exigencia de negociación de las RPTs y otros temas pendientes que se vienen incumpliendo reiteradamente.


De la misma forma que también sigue sin conocerse si la ULPGC acatará la sentencia de septiembre, también ganada por CCOO, en la que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias resolvió que todo el PDI contratado temporal tiene derecho a solicitar la evaluación de sus méritos investigadores (sexenios) porque lo contrario supone una discriminación contraria a la Directiva 1999/70 de la Unión Europea, tal y como ha establecido el propio Tribunal de Justicia de la UE.  Acatamiento que comprobaremos en menos de un mes cuando se publique la nueva Resolución rectoral abriendo el plazo de solicitudes de evaluación en ANECA para el PDI contratado.


Igual que también siguen pendientes, mediante juicios y demandas individuales, los despidos de profesorado ATP el curso pasado así como decenas de reclamaciones de este colectivo para regularizar su situación evitando la precarización a la que se ve sometido por los responsables de la ULPGC.

Desde CCOO esperamos que se acabe este tortuoso año de desencuentros y puedan volver a una situación de normalidad laboral, entendimiento y paz social basada en la negociación y la cooperación.