¡ACTUALIZADO 30 de junio! Texto de la Sentencia y se amplia la información al final de la noticia:
En primer lugar es necesario aclarar que la Sala Cuarta del Tribunal Supremo que se ha pronunciado es de lo Social, por lo que solo afecta al personal interino con contrato laboral
Realizamos esta aclaración para evitar la confusión que esta provocando una lectura equivocada por parte de los medios de comunicación y de algunas Plataformas de personal temporal, que hacen extensivo este pronunciamiento al personal interino funcionario. Algo que no es así porque la Sala de lo Contencioso Administrativo no ha variado su postura sobre esta cuestión, por lo que para personal funcionario y estatutario (funcionarios del sistema sanitario) se mantiene por ahora la jurisprudencia marcada en la Sentencia de 19 de noviembre de 2020 (rec.5747/2018) en la que rechazó convertir el estatus profesional de un trabajador estatutario eventual o funcionario interino en indefinido no fijo (haciendo referencia a las dos sentencias de la Sala tercera del Supremo de 26 de septiembre de 2018 (rec. 785/2017 y rec. 1305/2017, clarificadoras en el sentido apuntado).Hoy miércoles nos han pasado copia de la Sentencia (se puede descargar en el enlace que aparece a continuación) y nos han informado que es producto de una reclamación interpuesta por los Servicios jurídicos de CCOO en Granada. Lo que refuerza nuevamente la idea básica de CCOO para proponer y reclamar solamente opciones que estén amparadas legal o jurídicamente. Nuestro sindicato no esta dispuesto a mentir o engañar a los trabajadores y trabajadoras con fórmulas imposibles o sin sustento legal, pero dentro de la legalidad somos capaces de exprimir cualquier opción de mejora.
- Sentencia 649/2021 de 28 Jun. 2021, Rec. 3263/2019 [17 páginas PDF]