![]() |
| CCOO informando sobre la declaración de Conflicto Colectivo contra la ULPGC por los despidos de profesorado asociado |
El aumento de la financiación con el fin de los recortes ha permitido una mejora en las posibilidades de estabilización y promoción en la mayoría de las universidades españolas. Aunque en algunos casos no ha sido suficiente o sus equipos rectorales no lo están aplicando de manera adecuada. Lo que ha aumentando considerablemente la conflictividad de quienes más sufren esta situación: el PDI temporal o no permanente: El profesorado Ayudante Doctor o Contratado Doctor interino en las universidades andaluzas, el profesorado asociado en las valencianas, catalanas y la ULPGC, no han tenido otro remedio que protestar y movilizarse para buscar soluciones a su precarización y falta de estabilidad. De la misma forma que el colectivo predoctoral de personal investigador en formación ha redoblado sus protestas para garantizar un EPIF que mejore sus condiciones laborales y, de camino, que pueda servir de referencia también para el personal investigador postdoctoral o contratos por Proyectos.
En la ULL los principales problemas derivan del recorte de derechos en materia de reconocimiento de trienios por servicios prestados en otros organismos, la negativa del equipo rectoral a permitir la Evaluación de sexenios de investigación o al pago de los mismos, la prolongación de las transformaciones de Ayudante Doctor en Contratado Doctor hasta la finalización de los cinco años de contrato aunque se hayan obtenido la acreditación y los méritos con anterioridad a ese periodo, así como la falta de aplicación de varios artículos del primer Convenio Colectivo y la total paralización en las negociaciones de renovación del 2ª Convenio o los retrasos injustificables en los procesos de promoción y estabilización por parte del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.
En el caso de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, CCOO ha puesto en marcha un proceso de Conflicto Colectivo por ERE encubierto que su rectorado ha rechazado y, por lo tanto, será resuelto en vía judicial. Algo que, viendo la experiencia de nuestro sindicato con una situación similar de la UPM en 2015, supondrá un enorme despilfarro y gasto económico cuando se dicte la sentencia declarando nulos todos los despidos y se obligue a la ULPGC a readmitirles abonando los salarios aunque no hayan trabajado, por incumplir con lo previsto en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
![]() |
| [clic en la imagen para ampliar] |
![]() |
| [clic en la imagen para ampliar] |
![]() |
| [clic en la imagen para ampliar] |
![]() |
| [clic en la imagen para ampliar] |
De aprobarse, este EPIF para predoctorales servirá de referencia para los colectivos de postdoctorales y por Proyectos. Ya que no sería justificable que los primeros si puedan ver garantizada su actualización salarial anual y el resto sigan siendo excluidos.























