jueves, 18 de diciembre de 2025

La falta de previsión de la ULL castiga a su personal de PDI y PTGAS

La inexplicable falta de previsión de la Universidad de La Laguna provoca que el pago de las subidas salariales de 2025 y 2026 para el personal (PDI y PTGAS) se retrase más tiempo que en el resto de los organismos públicos.

Según se desprende de la información proporcionada por la Gerente, la ULL pretende abonar el incremento salarial de 2025 y sus atrasos a finales del mes de febrero. Y para la subida correspondiente a 2026 no ofrecen ningún compromiso de pago y lo dejan pendiente sin señalar una fecha límite, más allá de realizar un seguimiento “a partir del mes de marzo de 2026”. Tal como se indica en el documento de Acuerdo ofrecido a la representación sindical el pasado martes y que, en su segundo plantea una ilegalidad manifiesta (ver el documento al final de la información).

No podemos pretender que la Universidad abone la subida correspondiente a los atrasos de 2025 en la nómina de diciembre, como sí va a hacer la Administración General del Estado en todo sus Ministerios y organismos. Es evidente que en la ULL, como también pasa en el resto de los organismos no estatales, los trámites de preparación de este pago obligan a retrasarlo un mes. Al menos ese ha sido el retraso habitual en ocasiones anteriores y, también, es el que ha anunciado el Gobierno de Canarias para pagarle al personal que trabaja y depende de la Administración autonómica. Y es, también, el plazo anunciado por la ULPGC para abonar los atrasos de 2025 a su PDI y PTGAS.

Que la ULL lo retrase a febrero planteando como excusa la necesidad de contar con más tiempo para realizar los trámites necesarios, nos parece una total falta de previsión. Parece improvisado, dando la sensación de que no esperaban que este año 2025 hubiera incremento salarial para el personal del sector público, por lo que no planificaron nada para esa eventualidad.

Actitud incomprensible, sobre todo porque desde primeros de noviembre se conocían las negociaciones del Gobierno con los sindicatos, que alcanzaron una enorme difusión pública en todos los medios de comunicación el miércoles 26 de noviembre, cuando se hizo público el acuerdo final sobre los porcentajes de incremento para 2025, 2026, 2027 y 2028. Sin embargo, la ULL parece que no reaccionó hasta esta semana y, lamentablemente, para decir que no puede abonar hasta febrero los atrasos de 2025 y que no puede comprometerse a pagar la subida de 2026.

Si el retraso de un mes adicional para cobrar los atrasos de 2025 es molesto, la falta de compromiso para abonar la subida de 2026 en una fecha determinada es una total falta de respeto al personal que trabaja en la Universidad de La Laguna. Especialmente porque el Gobierno de Canarias tiene previsto pagar el incremento del próximo año desde enero mismo y, además, la ULPGC informó ayer en su Consejo de Gobierno que tiene constancia de que “se está tramitando una enmienda al proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026, en la que se establece que se deberá proceder a un aumento de las transferencias autonómicas por este motivo” dejando ver que todos, excepto la Universidad de La Laguna, han sido previsores y se están preparando.

Pero también queremos señalar que no abonarlo desde el próximo mes de enero es ilegal y un incumplimiento grave de lo dispuesto en el Artículo 2. Incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2026, del Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público.

RDL ya convalidado y que ha sido aprobado en sus apartados esenciales con carácter “básico” y en ejercicio de competencias exclusivas del Estado de acuerdo con lo previsto en la Constitución, por lo que ninguna Administración pública u organismo puede limitar, reducir o modificar las previsiones contenidas en él. Tal como ha señalado reiteradamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional.

Incomprensiblemente, la Gerencia ha ofrecido un documento de Acuerdo a la representación sindical que regula en su segundo punto un apartado referente al incremento salarial para 2026, para el que no está legitimada ninguna limitación. La improvisación parece haber ocasionado una grave confusión, ya que el RDL sí prevé una posible negociación para retrasar el pago de los atrasos de 2025 (que sí ha hecho al trasladar el cobro a febrero), pero ¡no permite esa opción para 2026!. Por lo que el incremento del próximo año debe realizarse como está establecido legalmente, es decir devengando desde el día 1 de enero y, por lo tanto, abonándose en las retribuciones correspondientes a la nómina de ese mes.

Esta improvisación parece haber salpicado a una parte importante de la representación sindical de la ULL, que han accedido a firmar el Acuerdo ofrecido sin percatarse de la ilegalidad contenida en su segundo apartado. A pesar de que la sección sindical de CCOO les advirtió reiteradamente de la improcedencia de tal firma.

Desde CCOO queremos señalar que legalmente ningún representante sindical, aunque ostente la presidencia de un órgano de representación (Junta o Comité de Empresa), tiene la capacidad legal para limitar o reducir el derecho individual de las trabajadoras y trabajadores públicos para percibir sus retribuciones reguladas legalmente. El personal funcionario porque tiene establecidas sus retribuciones en función de las cuantías establecidas a nivel de Estado y que sirven de referencia obligatoria. Y el personal laboral, porque la única posibilidad de modificar los criterios de un incremento retributivo anual en la Masa salarial corresponde exclusivamente a las Comisiones Paritarias del Convenio, no a los Comités de Empresa. Por lo que, cualquier firma limitando o reduciendo el cobro de retribuciones no tiene ninguna validez legal y supone un error que debe ser corregido de inmediato.

Las prisas y confusión de la representación sindical nunca pueden justificar, además, que se firme un acuerdo limitativo de derechos bajo la sola responsabilidad de un grupo reducido de personas que, además, fue propuesto desde la Gerencia con solo unas horas de antelación y, por tanto, sin posibilidad de un análisis y debate previo.

Desde CCOO entendemos que, aparte de no firmar por la ilegalidad señalada, cualquier acuerdo de esta naturaleza limitativo de derechos exige que sea ratificado previamente por los órganos en una reunión plenaria o mediante el procedimiento de consulta que esté establecido por cada Junta o Comité de Empresa. Lamentablemente, solamente el presidente del Comité de Empresa del Personal Docente e Investigador laboral actuó correctamente y decidió no firmar porque tenía que someter el Acuerdo a la consideración del órgano que representa. Por su parte el Comité de Empresa del PTGAS laboral se limitó a consultar a los/as representantes de los sindicatos presentes y porque CCOO pidió un receso para debatir el tema y manifestar nuestra posición contraria a firmar. Por su parte, las Juntas de PDI y de PTGAS funcionario parece que hicieron consultas por whatsapp y teléfono.

Independientemente de que CCOO ejercerá todas las acciones legales y judiciales que sean necesarias para obligar al cumplimiento del RDL 14/2025 en lo referente al pago del incremento salarial para 2026, esperamos que toda la representación sindical de la ULL sea consciente del error cometido y aprendan que, en el futuro, nunca deben firmar de urgencia ninguna propuesta sin, previamente, haber analizado sus consecuencias y limitaciones legales.




3 comentarios:

  1. Nos informan que en la votación realizada por el Comité de Empresa del PDI laboral se acordó NO FIRMAR con el siguiente resultado de la votación: 15 votos NO y 2 votos SI. Por lo que se ve, tanto CCOO como Asamblea de Profesorado en el Comité de Empresa han decidido no firmar por mayoría abrumadora.

    Nuestras felicitaciones por esa decisión contra la ilegalidad del documento y especialmente a su presidente, Fernando Rivera, que se negó a firmar el documento sin antes consultar con sus compañeros y compañeras del Comité de Empresa.

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  2. Viendo el real decreto se ve que la Gerente ha sido lista para meter lo del 26 donde no tocaba. Pero lo que me sorprende es lo pardillos que han sido nuestros representantes sindicales.
    Por lo que entiendo, solo los profesores laborales han dicho que no firman. Además de CCOO, pero ¿y la JPDI, la Junta de PTGAS y el Comité de PTGAS laboral? ¿De verdad han firmado? ¿No se leyeron el documento ni lo consultaron con sus asesores jurídicos antes de firmar?

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  3. Una vez más, ineptitud de algunos en perjuicio de la mayoría...o en beneficio de unos pocos. La cosa es averiguar cuál es la verdadera intención de esta metedura de pata.

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