martes, 3 de marzo de 2026

SINDICALISTAS FEMINISTAS frente al negacionismo y el odio

Las Confederaciones Sindicales de CCOO y UGT, ante este 8 de Marzo, Día Internacional de las Mujeres, día en que nuestra voz y nuestra fuerza como sindicalistas feministas se une a las de las mujeres que en todo el Estado y por todo el mundo se manifiestan, reivindicando y luchando por sus derechos y por la igualdad efectiva.

MANIFESTAMOS que nos comprometemos de manera firme e irrenunciable en acelerar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la corresponsabilidad en los cuidados y la erradicación de las violencias machistas en todos los ámbitos de la vida, especialmente en las relaciones laborales, ámbito que nos concierne como establece la normativa. Estos principios feministas nutren nuestra actividad en los centros de trabajo y nuestra interlocución social, allí donde estamos, día a día, como compromiso inquebrantable del sindicalismo feminista de clase y confederal.

       MANIFESTACIÓN
SANTA CRUZ DE TENERIFE

Domingo, 8 de marzo - 12:00h

Salida del Parque García Sanabria
Pasando por Plaza Weyler y calle del Castillo
Llegada a la Plaza de la Candelaria

domingo, 22 de febrero de 2026

Exigimos la reclasificación de G5 a G4 ¡YA! rápida y sencilla

Esta semana se reúne la Comisión técnica encargada de preparar el proceso de reclasificación de las trabajadoras y trabajadores del Grupo G5 en G4.

Y viendo el tiempo, ¡cuatro meses!, transcurrido desde que la Comisión Paritaria debatió nuestra propuesta de reclasificación (30 de septiembre de 2025: clic para ver documentos de la Comisión Paritaria) y leyendo las otras ideas que se están presentando, nos ha entrado cierta preocupación de que, finalmente, ni la reclasificación se produzca rápida ni de una forma fácil.

Por eso, volvemos a insistir para recordar que en 1980, el primer Convenio colectivo estatal del personal de administración y servicios laboral de las universidades públicas estableció siete grupos profesionales. En el tercer Convenio de 1990 se redujeron a seis grupos de una forma rápida. Y en el primer Convenio de las universidades canarias, en el año 2000, también fue sencillo dejarlo en solo cinco grupos e, incluso, los sindicatos y las gerencias se permitieron la previsión de añadir una Disposición Transitoria para que solo fueran cuatro grupos en el plazo de un año. Pero hemos tenido que esperar 25 años ¡que pronto serán 26!

Ahora el debate es «cómo» hacerlo y es, en este punto, en el que CCOO insiste que debe hacerse del mismo modo que se hizo cuando los grupos G6 desaparecieron convirtiéndose en G5 (y antes los grupos G7 para pasar al G6) o los grupos G5 de los Colegios Mayores y Residencia Universitaria Parque de las Islas pasaron al grupo G4 como recepcionistas. 

Hacerlo de una forma diferente, complicando el proceso y añadiendo dificultades es innecesario, pero además significa cambiar la forma en la que se han llevado a cabo reclasificaciones similares y, lo que es peor, supone un precedente negativo para las reclasificaciones futuras. CCOO ha realizado distintas consultas y no hay ningún obstáculo legal ni económico que impida realizarlo del modo que hemos propuesto. Por eso seguiremos insistiendo en nuestra propuesta y exigiendo la reclasificación ¡ya!, rápida y sencilla.


martes, 20 de enero de 2026

¡Estimado! el Recurso de CCOO contra la convocatoria de Sexenios

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades estima el recurso presentado por CCOO y modifica la convocatoria de sexenios 2025.

Se ha publicado una Resolución que, ahora sí, permite al profesorado a tiempo parcial percibir el complemento salarial asociado a la evaluación positiva de su actividad investigadora sin tener que esperar a prestar servicio en la universidad en régimen de dedicación a tiempo completo

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades ha estimado el recurso de alzada presentado por CCOO contra la Resolución de 11 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora (BOE nº 304 de 19 de diciembre de 2025).

Como efecto del recurso presentado por CCOO, se ha publicado en la página web de la ANECA la Resolución de 16 de enero de 2026, de la Secretaría General de Universidades, por la que se modifica la Resolución de 11 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora, para corregir el apartado 3.1.c, que debe decir: "El personal funcionario de los cuerpos docentes universitarios que presten servicios en la Universidad en régimen de dedicación a tiempo parcial podrán someter a evaluación su actividad investigadora". El documento ha sido enviado para su publicación en el BOE.

Tal y como señalábamos desde CCOO en su momento, la Resolución de 11 de noviembre era nula por ilegalidad en cuanto a su artículo 3.1.c) ya que infringe el ordenamiento jurídico en su contenido. El precepto recurrido ha sido declarado nulo por la Sentencia nº 664/2025 de 29 de mayo de 2025 del Tribunal Supremo que declara la nulidad del artículo 5.2 del Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto sobre retribuciones del profesorado universitario. Esta modificación suprime la prohibición de que el profesorado a tiempo parcial perciba el complemento de productividad asociado a la evaluación positiva de su actividad investigadora.

Esta ilegalidad, reconocida por el TS, es la que ahora viene a reconocerse mediante la nueva Resolución de 16 de enero que estima el recurso presentado por CCOO. No podemos entender como los gestores públicos insisten en mantener criterios que lesionan los derechos laborales y profesionales de su profesorado, incluso a sabiendas de la ilegalidad de muchos de sus planteamientos. Apostar por la judicialización de las relaciones laborales lesiona no sólo los derechos del colectivo del PDI, sino que cuestiona la calidad del propio sistema público universitario. 

Estamos ante un nuevo paso del proceso de reclamación de este derecho que CCOO inició en el año 2016 exigiendo que se reconozca: 
  • El derecho de todo el PDI a la evaluación de la actividad investigadora, con independencia de que su relación con la universidad sea funcionarial o laboral, permanente o temporal o que su dedicación sea a tiempo completo y parcial.
  • Y, en caso de evaluación positiva, a percibir el correspondiente complemento salarial. El complemento por la evaluación de la actividad investigadora (“sexenios”) es un complemento de actividad y, si ésta se realiza, el reconocimiento tiene que ser pleno a todos los efectos.
A las sentencias del Tribunal Supremo que CCOO ha ido ganando en estos años reconociendo este derecho en el ámbito laboral, se une ahora el reconocimiento para el PDI funcionario.

Esta nueva Resolución del 16 de enero relativa a la evaluación de la actividad investigadora del PDI Funcionario a tiempo parcial debe tener su reflejo en cada universidad en convocatorias específicas para el PDI Laboral que, según informa ANECA, se publicarán con posterioridad a esta resolución, fijándose el plazo de presentación entre el 9 de febrero y el 2 de marzo de 2026. Y en aquellas que ya se han publicado, debería suponer la rectificación de los criterios de exclusión del PDIL a tiempo parcial sí así lo hacían.

CCOO continuará adelante con todas las acciones sindicales y legales necesarias para garantizar que este derecho se aplique de forma efectiva en el conjunto de las universidades públicas. Seguiremos trabajando para el reconocimiento profesional y salarial del conjunto de la actividad de todo el profesorado universitario.