El Proyecto de Ley fue aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados el pasado día 2 de diciembre, por lo que ha pasado al Senado para su tramitación con el siguiente calendario previsto:
- Según el artículo 135 del Reglamento del Senado ante un procedimiento de urgencia como éste se debe proceder de la siguiente forma:
- La Comisión de Función Pública del Senado debe reunirse en dos días después del viernes 10 de diciembre para designar a las personas integrantes de la Ponencia, que tiene luego 4 días para redactar su Informe.
- Cuando la Ponencia haya redactado su Informe, la Comisión tiene 3 días para reunirse para debatir y emitir su Dictamen como mucho 2 días después de su reunión.
- En el siguiente Pleno se realiza el debate final. Todo el proceso, desde el día de la publicación en el Boletín Oficial del Senado no puede durar más de 20 días naturales, siendo por tanto el 24 de Diciembre la fecha límite para finalizar su tramitación en el Senado.
- El debate en Comisión con mucha probabilidad tendrá lugar en la semana del 13 al 18 de diciembre siendo de prever que el pleno de aprobación final y definitiva por el Senado sea en el último Pleno del Senado en 2021, previsto los días 21 a 23 de diciembre.
En el siguiente enlace se puede acceder al Boletín del Senado donde se inserta el texto remitido por el Congreso con el Proyecto de Ley que tramitarán durante este mes:
Lo que me parece inaudito es que los partidos políticos hayan mejorado la ley con respecto a los sindicatos, sindicatos que pactaron los 10 años CCOO, UGT y CSIF, vergüenza debería dar a esas personas que se denominan representantes, representantes de quiénes
ResponderEliminarA ver... déjame pensar. Vaya, hablas como si los sindicatos fueran el gobierno y tuvieran el poder de decidir. ¡Un poco ignorante si eres! ¿no?
EliminarLos sindicatos intentaron e intentan lograr lo mejor, en todas las negociaciones y todos los sindicatos. Si no se pudo sacar algo más fue porque quien SÍ gobierna y tiene el poder (el Gobierno) no estaba dispuesto a dar más, por lo que los acuerdos reflejan eso mismo.
¿Necesito recordarte que los primeros acuerdos fueron con Montoro y era porque el gobierno del PP no quería aceptar nada mejor? Que ataques a los sindicatos, que no tienen capacidad de decisión y te "olvides" de criticar al PP, que si tuvo capacidad de decidir, da la impresión de que eres uno de esos tipos de derechas antisindicatos.
El PSOE, en el RDLey de Iceta, iba por el mismo camino. Pero gracias a Unidas Podemos y los nacionalistas de PNV y ERC han logrado que salga algo mejor. Esa es la verdadera historia. Todo lo demás son manipulaciones para esconder las culpas de los partidos de derecha y atacar a los sindicatos. Tal como le interesa ahora a la patronal para evitar la derogacion de la reforma laboral de Rajoy.
Efectivamente: INAUDITO
ResponderEliminarEncima se jactan de haberlo hecho bien, ignorando -no solo las demandas del personal interino y temporal a quienes representan- sino también las directrices de la UE. No me queda ya rencor hacia ustedes, sólo lástima...
Buenos días,
ResponderEliminarHoy se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, la aprobación del dictamen sobre Ley de reducción de la temporalidad en el sector. Esto implica que el término de la tramitación, o tiene pasar más fases antes de su aprobación definitiva.
Gracias,
Saludos
Lo siento, me acabo de dar cuenta de que aún falta el Pleno. Gracias
ResponderEliminarSi, todavía falta que el proyecto de Ley se apruebe en el Pleno del Senado, ya que lo anterior fue la conformidad de la Comisión de Función Pública del Senado
ResponderEliminar. Segun el diario de sesiones será la semana que viene, entre el 21 y el 23.
Buenos días y Feliz año.
ResponderEliminarEsta mañana he visto esta noticia:"La Eurocámara pide analizar si la ley de interinos en España ataja la temporalidad en el sector público...Tras debatir la queja de un ciudadano español, en nombre de asociaciones de interinos...".
¿Esto implica que la ley está paralizada?. No sé si están tomando medidas desde las instituciones para la ejecución de la ley. Por ahora la información es insuficiente al respecto. En caso de no paralizarse, que se harán con las plaza ofertadas de los años anteriores, y cúales serían los pasos siguientes.
Saludos
¿Eurocamara dices? Supongo que te refieres al Parlamento Europeo y hasta donde yo se, no tiene competencias en este tema. Así que será algún grupo que ha tocado el tema, pero sin más trascendencia que bla bla bla.
EliminarY si no tienen competencia cómo van a poder paralizar la ley. Solo los jueces españoles pueden hacer eso y por ahora no parece que haya ningún movimiento de ese tipo.
Hola, buenos días.
ResponderEliminar¿Disponen de alguna información actualizada sobre los procesos de estabilización?
Salu2
Buenos días. He notado que no se ha actualizado el blog con noticias nuevas. Es una pena, pues era el único lugar en el que podíamos informarnos de primera mano. Gracias
ResponderEliminarParece que ya han solucionado el problema que tenían y dicen que el blog vuelve a funcionar. ¡a ver si es verdad! porque es el único sitio donde te ofrecen información de interés.
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