La reclamación de CCOO a los dos censos (coinciden en fechas las dos elecciones de PAS y PDI con contrato laboral) era por la inscripción equivocada de un grupo de treinta trabajadores y trabajadoras pertenecientes al Programa INVESTIGO - Empleo Joven impulsado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y financiado por la Unión Europea, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ya que se habían añadido erróneamente en el censo del PAS laboral y, al mismo tiempo, se habían excluido del censo del PDI laboral.
En la imagen de la derecha se puede leer con claridad "Cubrirá la contratación de personas jóvenes investigadoras" [hacer clic en las imágenes para ampliar].
Decisión correcta y que evita una enorme distorsión en la Composición del Comité de Empresa porque, de haberse mantenido en el censo, la representación de los grupos G3, G4 y G5 habrían perdido un representante en favor de los grupos G1 y G2. El reparto de 13 representantes siempre ha sido de 12 para los primeros y 1 para estos últimos, de forma estrictamente proporcional a la plantilla de cada colectivo.
Como ya hemos informado, este error procede de la forma precipitada en la que se realizaron estos treinta contratos y que no pudieron ser gestionadas por el Servicio de Investigación, por la falta de medios humanos suficientes.
En cuanto a nuestra reclamación para que, a su vez, fueran incluidos en el censo de las elecciones de PDI laboral, lamentablemente han rechazado nuestra petición a partir de informes emitidos por el Servicio de Recursos Humanos, Gerencia y Secretaría General (tal como señala la Resolución de la Mesa Electoral).
Sorprende sobremanera que no se haya informe del Servicio de Investigación ni de la Asesoría Jurídica, cuando se trataba de determinar la actividad laboral que desempeñan. Pero, sobre todo, destaca la total desatención y desprotección que esa medida implica. Ya que, al excluirles de la plantilla de PAS y excluirles también de la plantilla de PDI quedan en un limbo en el que no se puede determinar qué normativa de derechos les ampara. Sin olvidar que, el resultado, es que se les excluye de su derecho a votar.
Este sistema de la ULL, a través de la interpretación interesada que hacen los Vicerrectorados y las Gerencias, viene aplicándose desde hace muchos años. Intentando excluir colectivos enteros, más o menos numerosos, de los procesos electorales de representación sindical, que luego derivan en excluirles también de derechos legales que tiene reconocido el PDI.
Ha pasado con contratos predoctorales dándole tratamiento de becas (aún se mantiene esa denominación en muchos procedimientos de la ULL aunque desde 2013 las becas de investigación no existen y son ilegales); ha pasado con diversos contratos postdoctorales en un intento de filtrar derechos diferenciados entre unos y otros; ha pasado con contratos "por Proyecto" y, también, con los Contratos Laborales de Interinidad de profesorado. Y siempre con el mismo objetivo, retrasar el reconocimiento de derechos para retrasar el gasto que eso implica, por pura tacañería que se aplica exclusivamente a los más débiles y precarios. Por esa razón, CCOO defiende el reconocimiento legal de cada colectivo, de cada contrato laboral, a todos los efectos. Y hacerlo con su derecho a la participación democrática en las elecciones de sus representantes sindicales para el Comité de Empresa, es parte de esa lucha.
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